Por favor, leo verdaderas barbaridades sobre este tema,”trama legal entre alguien de hacienda y el constructor”. Seamos mas rigurosos y serios con según que temas. Para que os aclaren todas vuestras dudas dirigiros a la Dirección General de Tributos de Madrid en horario interrumpido de lunes a viernes de 9:00 de la mañana a 18:00 Paseo del general Martinez Campos nº 30.
Normativa aplicable TRLITPAJD RDLEG 1/1993 ARTS.17-1,8 Y 53. CONSULTA A REALIZAR : TRANSMISIÓN ONEROSA DE UN PARTICULAR, COMPRADOR DE UNA VIVIENDA EN CONSTRUCCIÓN, DE LOS DERECHOS DERIVADOS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE DICHA VIVIENDA A UN TERCERO Y LA OBLIGACIÓN O NO DEL PROMOTOR DE EXIGIR LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO AL TERCERO.
Si el titular del contrato, es una sociedad el tratamiento fiscal es distinto. Sobre este tema procurare no pronunciarme más, salvo que se expresen informaciones que puedan llevar a confusión, el lugar adecuado para resolver estas dudas con todos mis respetos, no es un abogado no especializado en estos temas, ni la oficina liquidadora de Illescas es la Dirección General de Tributos.
Gracias