Te pego la explicacion que ya dia otro dia:
No puede saberse exactamente el importe de los gastos que tendremos que pagar por escriturar la vivienda. Habitualmente se habla de aproximadamente un 10 % del precio de escrituracion total de la vivienda (incluyendo garajes y trasteros). Cuando escrituremos, el banco con el que constituyamos la hipoteca nos realizara una provision de fondos en la que se incluyen: gastos de notaria, gastos de registro, gastos de gestoria y los impuestos ha pagar tanto del prestamo, compraventa y cancelacion de hipoteca en los casos en los que no exista subrogacion.
Los unicos importes exactos seran los importes de los impuestos: seran el 1 % de la responsabilidad hipotecaria total del prestamo que se constituya (si hay subrogacion, estaria exenta de impuesto) y el 1% del precio de escrituracion total de la vivienda.
Ademas, a estos gastos habra que sumar el iva que pagamos a la promotora.
Respecto del impuesto por la compraventa, pregunte a la cooperativa que tipo de escritura ibamos a formalizar, si de compraventa o adjudicacion de vivienda. Me dijeron que la escritura seria de adjudicacion de vivienda por lo que segun me he informado, dicha escritura estaria exenta de pagar impuestos pero esto no lo tengo muy seguro (la oficina de la vivienda de la CAM no lo deja demasiado claro), pero la Ley de ITP y AJD, indica que las escrituras de adjudicacion estan exentas de impuestos.
En definitiva, la mejor regla es hacer el 10% del precio de escrituracion.