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3souls
31/01/2008 13:03

PROPUESTA DE REUNIÓN EXTRAORDINARIA

¿Es necesario convocar una junta urgente para tratar problemas de calefacción y ACS, y demandas de la comunidad por incumplimiento de normativas y deficiencias en acabados y seguridad?

502 lecturas | 2 respuestas
Como hay un montón de asuntos que tratar y aún no se nos ha convocado a otra reunión, algunos opinamos que sería conveniente convocar una junta urgente para tratar algunos temas importantes:

1) Problemas con la calefacción y ACS. Informe de las incidencias a REMICA. Posibilidad de contratar el mantenimiento con otras empresas.

2) Estudio de demandas por parte de la comunidad para asuntos colectivos: muros, incumplimiento de normativa eléctrica (¿habéis visto los trasteros con loñs cables colgando?), deficiencias de acabados, puertas de emergencia que no abren o lo hacen mal, falta de iluminación en ciertas salas...

Según la Ley de propiedad horizontal, se puede convocar una junta extraordinaria, con la antelación mínima que sea conveniente (es decir, no fija un mínimo de tiempo), siempre que se convocada por el presidente o LA CUARTA PARTE DE LOS PROPIETARIOS. Es decir, que si somos 60 propietarios, bastaría con que solicitaran la reunión 15 para que fuera legal. Como además hay varias casas sin escriturar, realmente el número de propietarios es menor (al tener MARTINSA varias viviendas).

Con esto no pretendo saltarme a la junta de gobierno ni al administrador, sino poder tener las reuniones pronto para que los temas no caigan en el olvido, o se mezclen demasiados asuntos en una sola junta.

¿Qué opináis? ¿El presidente y el vicepresidente leen el foro? Manifestáos, por favor...

Adjunto el Art. 16 de la Ley de Propiedad Horizontal:

"1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación."
 
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3souls
31/01/2008 15:07
Hola Juan, gracias por contestar.

Sin embargo, entiendo que es posible tener una reunión antes para tratar específicamente los temas que comentaba: calefacción y reclamaciones a la promotora.

Porque el orden del día para esa reunión de dentro de 3 semanas, ¿cual sería?

Creo que es preferible tener más reuniones tratando pocos temas que menos reuniones para tratar más cosas.

Supongo que es más complicado hacer varias reuniones, pero si no, siempre quedan cosas importantes que tratar. Legalmente sería posible hacer una reunión de urgencia sin que acudieran el presidente, el vicepresidente o el administrador-secretario, ya que éstos pueden delegar provisionalmente. Esto sería práctico en caso de que los vecinos quisieran una junta extraordinaria urgente y no pudieran asistir alguno de ellos.

De lo que yo tengo miedo es de que algunos temas importantes vayan quedando en el olvido (y corran los plazos, que para cuando se haga la reunión, ya habrán pasado 3 meses desde que se entregaron las viviendas, y queda menos plazo para interponer una demanda a la promotora, por ejemplo). Ya se vió en la primera reunión que somos muchos, con intereses, mentalidades y prioridades diferentes, y por tanto es muy fácil saltar de un tema otro sin acabar de cerrar ninguno.

Que conste que no tengo nada en contra del administrador, pero a mi me hubiese gustado que se mostrara más rígido a la hora de seguir el orden del día, porque si no, las reuniones van a convertirse en un gallinero que no veas...

Saludos,


 
J
JR Penya
31/01/2008 13:38
Hola, soy Juan, el vicepresidente. La reunión extraordinaria de la junta está solicitada por el presidente y las cartas convocandola las enviará el administrador en breve. Será en la segunda quincena de febrero. Antes no es posible ya que hay que dar un tiempo para que lleguen las cartas de convocatoria.
 

Fin del hilo
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