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ESCRITURACIÓN

¿Debería escriturar sin la licencia de primera ocupación del ayuntamiento?

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Hola chicos me han llamado esta mañana de Hercesa y nos han dicho que si queremos podemos escriturar el 30 de Diciembre .

Al principio me han hecho los ojos chirivitas , pero todo tiene truco y ojo quien decida escriturar,ya que sería hacerlo sin la licencia de primera ocupacion del ayuntamiento  por lo que si hubiese algun problema y el ayuntamiento exigiera la modificacion de cualquier cosa  al haber escriturado ya eres propietario y puede exigirte si hercesa se niega a hacerte cargo del importe que te corresponda de ese arreglo.

PUFFFF no se que hacer ante este caso estoy hecho un cristo con el miedo que si firmo puede acarrearme consecuencias y si no lo hago es posible que me quede sin desgravacion.

 

Buenos días:

Acabo de hablar con la caixa (una vez mas) ya que según me comentaron la última vez que fuimos faltaban por confirmar desde la central algunas de las condiciones...la que me interesaba a mi...la comisión por amortización, y bien, me confirma que es del 0% siempre y cuando no se amortice mas del 25% del capital pendiente,siempre y cuando la cifra sea menor estamos exentos...si la superas será del 0.5%

La comisión por cancelación es del 0.5, sin suelo, revisión anual y con la posibilidad de recuperar lo amortizado en un futuro con las mismas condiciones que ahora ya que es un credito abierto...

Según he leído las condiciones de alguno de vosotros no son las mismas no?... Tenemos que pasarnos para facilitarles un documento de cancelación de un prestamo que hemos liquidado,cuando lo hagamos les pedire la oferta vinculante a ver que me dicen....

 

Fin del hilo
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