Antes de nada, muchas gracias a los dos, y comentaros a tod@s los que esteis interesados que hoy he estado en Hacienda para plantear mi consulta y su respuesta ha sido:
La Ley de IRPF, como muy bien dice "lorac19", menciona que sólo se puede tener una cuenta ahorro vivienda por persona, sin embargo yo actualmente no tengo cuenta ahorro vivienda, ya que la cancelé, por lo que en este caso sí podría abrirme una segunda cuenta ahorro vivienda.
En tu caso, "contratosprivados", la respuesta de Hacienda fue afirmativa, pq al no tener saldo en una de ellas y no haber hecho aportaciones no desgrabas, con lo que Hacienda la considera igual que una cuenta corriente. De echo, al comentarle tu caso ellos me han dicho que también puedes cancelar una cuenta ahorro vivienda si el importe integro de ésta la destinas a la apertura, en otra entidad, de otra cuenta ahorro ya que el fin de ambas es la inversión en vivienda habitual.
Lo gracioso de todo esto es que al final no me puedo desgrabar pq sólo puedo desgrabarme durante cuatro años seguidos por inversión en vivienda, por la cuenta ahorro, es decir, como hace más de 4 años desde que abrí mi primera cuenta ahorro (en el año 2002), Hacienda no me permite desgrabarme pq supuestamente venció el plazo en el año 2006. Gracioso no?
Bueno, todos los días se aprende algo nuevo, así que tendremos que ver de que forma podemos desgrabar para no pagar a Hacienda...
Un saludo