En efecto, sólo son rescatables en los supuestos de paro de larga duración, enfermedad grave...o fallecimiento, en cuyo caso lo rescatan tus herederos (supongo que este último supuesto no te soluciona nada...jeje).
Salvo que estes sujeto a algun régimen fiscal distinto del estatal (en la Comunidad Autónoma Vasca puedes rescatarlos a los 10 años), no puedes rescatarlo, si no estas en una de las situaciones antes mencionadas.
Alternativas si estas mosca con tu entidad: dejar de aportar y/o trasladarlo a otra entidad.