buenas tardes
Observo que estás
documentad@.....,no obstante comentar que lo de las rentas altas me refiero a gente que tiene dinero y para intentar no pagar tanto al fisco invierte en vivienda,y se utiliza dicha forma para pagar menos...pero el caso tuyo y que no estés obligada a presenta renta,resulta un poco extraño,o has recibido dinero extra...porque con un contribuyente que no está obligada a renta,con una hipoteca anterior y que hablemos de cantidades como la que pones,es porque hay otra cuestion por ahí que no has comentado,ojo no te alarmes que no soy espia de AEAT,ok
Vamos por partes,a ver no te centres en el año 2006,arrastralo hasta el año 2007,aunque la ley se de ese año no significa que acotes hasta ese año,o lo mismo es que has confundido al poner el año...
Tomando como referencia tu ejemplo,tenemos que considerar que te puedes desgravar esos 10000 euros con el limite de los 9015 euros,correcto,evidentemente utilizamos esta opción porque nos interesa más a la ahora de deducción,pero ojo,ya no no podremos deducir la hipoteca antigua.ok..así que tendremos que constituir la hipoteca de la nueva vivienda para poder seguir la deducion por vivienda habitual,si o al siguiente año estaremos sin nada(pero como tu no estás obligada pues nos quedamos igual)....Y siempre hablamos de cantidades aportadas al promotor o vivienda nueva...
Seguimos con la siguiente pregunta,el porqué sabe aeat que has entregados dichas cantidades....?Pues bien aeat recibe los datos aportados por la promotora en sus impuestos, concretamente el modelo 347,en el cual da tu datos fiscales,que previamente has consentido en la firma del contrato de compraventa,y simplemente se cruzan con los que tu declara,evidentemente tu eres libre de deducirte dichas cantidades en concepto de vivienda,si no lo has presentado en el año correspondiente en su declaracion de la renta(lo pierdes),tu no puedes hacer la cuadratura del circulo y este año desgravarte tus aportaciones del año 2006+2007,con la excepcion de la cuenta ahorro vivienda que si no las has declarado en su año(eres muy benevolo con AEAT) pero si al cuarto año dedides sacar todo el dinero destinarlo a la vivienda habitual,ese dinero si que puedes desgravartelo en el correspondiente ejercicio tributario..
y por último la compraventa con reinversión,a ver aquí si que me tienes que aclarar mejor,sobre todo esto:
...Si reinvierto el dinero de la venta en pagar en parte el piso nuevo o cancelo de forma importante la nueva hipoteca ya constituida porque no me ha dado tiempo a venderlo... Bueno vendemos o no vendemos el piso?,eso lo primero
Que piso vendemos?el viejo o el nuevo?
Qué hacemos con el viejo?
Pro cierto ,la reinversion son dos años,cierto
en fin espero que te haya ayudado en algo,sigo pendiente a qué escudriñes un poco el último párrafo
Hasta ahora