Volver al foro
Z
ZGZ06UMB
05/03/2008 12:01

DEDUCCION HIPOTECA VIVIENDA

¿qué puedo entrar en la deducción por vivienda habitual del IRPF?

8.641 lecturas | 12 respuestas
Hola a todos y gracias por vuestra colaboración.

El pasado año entregué cantidades importantes a cuenta de un piso que me entregan en este año. Del mismo modo seguí pagando la hipoteca de mi piso.

Mi pregunta es si puedo sumar las cantidades pagadas tanto de mi hipoteca actual y de las cantidades del piso nuevo en la deducción por vivenda habitual del IRPF de este año o si solo podría las de mi vivienda actual?.

Gracias, sería un p. no poder desgravarte esas cantidades porque realmente son cantidades importantes.

saludos
 
Patrocinado

¿Estás buscando hipoteca? Calcula tus cuotas con nuestro simulador

Importe Calcular
C
chalete
15/03/2008 20:23
buenas tardes

chavalin?,vaya....el 20/03/2008 seré ya chavalote!jajajaja

Ya te dije en el primer post, que echaras cuentas,para que pudieras hacer la pirula con tu nueva vivienda...Rara vez sale dicha opción de considerar la segunda vivienda como primera,por eso te comentaba lo de contribuyentes con rentas altas o que reciban herencias o dinero extra para poder aportar ese dinero a cuenta a la segunda vivienda y asi superior a lo deducido de la primera...yo,desde mi experiencia solo me he encontrado un caso,y mira que he echo unas pocas rentas....

En fin,si te surge alguna duda,nos lo comentas

Hasta ahora
 
Z
ZGZ06UMB
14/03/2008 14:17
Buenas de nuevo chalete

Después de tanto marear la perdiz, al final me he "columpiao".

Con toda mi paciencia he cogido desde la provisión de gastos de mi actual hipoteca (gastos de la compra-venta y gastos de la constitución de la hipoteca) más todos las cuotas que religiosamente pago mes a mes, y sorpresa, aún así todavía me sale más dinero que todo el dinero que he pagado a cuenta en el 2007, así que tendre que j.. y al hacer la declaración poner las cuotas de mi actual hipoteca. No ha sido por mucho, solo por 12000 euros. Así que nos podiamos haber ahorrado todos los comentarios.

Bueno así hemos creado un foro de consultas y debates aunque fuera de la reinversión.

gracias chavalín
 
C
chalete
13/03/2008 17:45
buenas tardes

sí señor,ayer por la noche,cuando te escribí la contestación ,me lancé sin red,puesto que a la vez que estaba argüyendo mi respuesta estaba pensando en la reforma de la ley,pero di por hecho que en el caso de reinversiones no quedaban afecto,pero si ...además el año pasado tuve que hacer una renta de este estilo,y ahí si que me reciclé,pero para tu caso lo pasé por alto....mmmmmm

No obstante,ten presente que te puedes desgravar tus aportaciones de este año para el cálculo de la base de deducción,además de la reinversión ok.con el consabido límite

Graciás por tu refresco de memoria y suerte con la venta del piso

Hasta ahora
 
Z
ZGZ06UMB
13/03/2008 14:32
Otra vez de nuevo, al final vamos a opositar todos a inspector de hacienda con todo lo que estamos aprendiendo.

Retomando el tema de las deducciones, y dando por supuesto que compras este año, la nueva 35/2006 elimina lo de no amortizar más del 40% los 3 primeros años, pedir al menos el 50%, etc...a la vez que suprime los porcentajes incrementados y los deja a todos en el 15%. Es decir creo que antes para poder acogerte a los incrementados si debías cumplir eso del 40% y del 50%. Hazme la corrección oportuna si no estoy en lo cierto.

En relación con esto, tampoco tenía mucho sentido lo de no amortizar más del 40% en los primeros años, dado que si vendes una casa y obtas por la reinversión para que esté exenta en hacienda, son dos opciones contrapuestas, dado que si lo reinviertes a nada será ya más del 40%, entonces ya no tendría derecho a esas deducciones con los porcentajes incrementados. No si si lo habrán quitado por eso. Ejemplo. Imaginate que has obtenido una ganancia patrimonial de 20 millones al vender tu piso porque hace bastante tiempo que lo compraste y te compras otro ya sea por 35, 50 o 70 millones, en los tres casos estamos hablando de porcentajes el 57% (para 35 kilos), del 40% (para 50 millones) o del 29% (para 70 millones). Esto es en un solo año, imagínate en tres. Una de dos o te compras un chalet de primera y entonces si o de lo contrario naranjas de la china.

Un saludo de nuevo


 
C
chalete
12/03/2008 22:39
Buenas noches

Qué tal!ZGZ06UMB,vuelvo en si y ya he cargado pilas,tengo repirador artificial nuevo,el anterior murió....

Al grano

Con respecto a tu pregunta o el "quiz",yo diría el "quid" de la cuestión ,la respuesta es afirmativa es ,puedes incluir en las deducciones las aportaciones de la nueva vivienda que has hecho durante el 2008,siempre y cuando respetes los requisitos temporales(2 años reinversión),y los de financiación(ya sabes,lo de no amortizar más del 40% del importe solicitado,y el del importe del prétamo,creo que era el 50%,pero eso fijo que lo superas al pedir la hipoteca),
ojo! y con estas premisas puedes disfrutar de los porcentajes incrementados que dan derecho a deducción...ok
Sin pasar por alto el límite de los 9015,28,todo lo que consigas de más,no te serivirá porque el limite es ese,pero puede utilizar los porcentaje incrementados del 15%,como si fuera una compra normal de un ciudadano normal,ya que en las reinversiones los porcentajes son disminuidos salvo que cumplas los requisitos anteriores(temporales y de financiación)....

Por cierto,cuando hagas los cálculos ni que decir tiene,que tienes que contabilizar las deduciones de las que has disfrutado de la primera vivienda(toda vez que las has declarado),más las que vas a disfrutar ahora en 2007(aportaciones),porque para hacer todas estas pirulas hay que calcular las base que da derecho a deducción(base máxima 9015),puede ser que esté por debajo y por ley solo puedes desgravarte el 15% de X(que son estos calculos que te digo)

Ves,como llevaba razón y había otra personas que aportaba dinero a la unidad familiar,con una renta superior a la tuya,amen de vuestra capidad de ahorro(ter felicito),y que la vivienda primaria la compraste en una época en la que ladrillo no está como ahora...


Hasta ahora
 
C
chalete
10/03/2008 20:02
Buenas tardes

ZGZ06UMB,pensabas que me había olvidado?no!!...a ver,acabo de aterrizar directamente de mi finde electoral publerino,....HORROROSO!!

Asi que voy a centrarme de nuevo y cargar pilas,porque llevo dos dias sin pegar ojo,y ando como 1 zoombie...

Hasta ahora


 
Z
ZGZ06UMB
07/03/2008 13:18
PARA CHALETE

Veo que te has tomado interés en el tema. Da gusto con gente como tu .

Por partes, dado que veo buen rollito, te comento el tema de las rentas altas. La verdad es que si no llegas a los 22.000 euros no debes de declarar, esto es unos 1600 euros brutos con 14 pagas, o sea del orden de entre 1000-1200 netos. Creo que mucha gente no llegará a estos límites. Todo esto con un salario normalito. Mi mujer también trabaja con mejor remuneración que la mía, y por último lugar nos queda poquito para terminar de pagar la hipoteca del piso que compramos hace 9 años, cuando todavía los precios estaban al alcance de muchos. Resuelta tu duda.

Otro tema, no había caído en el tema del 347, así que realmente si sobrepasan los 3000 euros tienen todos nuestros datos. ok,

También tengo claro que solo podré deducir por las cantidades aportadas al promotor y olvidarme de las cantidades aportadas en el 2007 de mi actual hipoteca.

No tengo ninguna cuenta vivienda porque si no el tema ya se complicaría en exceso, esto es sería la hostía.

Último tema ,a ver si me explico bien.

vendemos o no vendemos? La respuesta más bien es intentamos vender. ¿el viejo o el nuevo? El viejo ¿que hacemos con el viejo? venderlo (o intentarlo vender). A día de hoy todavía no he encontrado comprador

Ahora lo desarrollo. Tras entregar las cantidades a cuenta al promotor, finalmente te queda por pagar aproximadamente el 80% del piso. Entonces existen dos opciones.
opcion a: vendo el piso nuevo por "x" y entonces solo tendre que pedir de hipoteca nueva ese 80% del piso nuevo menos la cantidad "X" que he obtenido al vender el piso viejo. (despreciamos la cantidad pendiente de la vieja hipoteca, dado que no es demasiada significativa)
opción b: no me ha dado tiempo de venderlo porque me el nuevo me lo entregan en 4 meses, y de momento me tengo que comer el hipotecon del 80% del valor del piso. Esto hasta que venda el piso viejo y amortice parcialmente la nueva hipoteca con el dinero que he sacado.

Ahora creo que esta más claro. Entonces vuelvo al tema de la reinversión. En la opción b , de momento no existe reinversión porque todavía no tengo el dinero con el que voy a reinvertir.

Opción a: como he obtenido financiación al vender el piso viejo y la he reinvertido integramente en aportarla a la compra de mi nuevo piso, en principio no tendría que tributar la ganancia patrimonial que he obtenido al vender mi piso viejo , porque la reinversión en ese caso está exenta. Otro apartado es el de las deducciones que te puedes hacer del 15% por aportaciones para vivienda habitual (el conocido pago mensual de tu hipoteca).

Ahí está el quiz de la cuestión. Entiendo que el apartado exención por reinversión dentro de las ganancias patrimonialess debo de hacerlo porque si no lo hiciera hacienda entendería que me he quedado con las perras, y entoces debería de tributar esa diferencia al 18%. MI duda es que si además de eso puedo incluirme las deducciones por las aportaciones a esa nueva hipoteca o por el contrario no. Chalete, todo este rollo sería para la declaración a realizar el año 2009 correspondiente al 2008. Esto es estamos en el 2008 y estamos planteado la situación ahora, y totalmente diferente de lo que antes preguntaba de las cantidades entregadas a cuenta del promotor entregadas el pasado año 2007 que ya me contestaste que si podía incluir en la declaración a realizar en este año.

Gracias por tu atención, espero no haberte liado más el asunto de lo que estaba.

 
C
chalete
06/03/2008 16:51
buenas tardes

Observo que estás documentad@.....,no obstante comentar que lo de las rentas altas me refiero a gente que tiene dinero y para intentar no pagar tanto al fisco invierte en vivienda,y se utiliza dicha forma para pagar menos...pero el caso tuyo y que no estés obligada a presenta renta,resulta un poco extraño,o has recibido dinero extra...porque con un contribuyente que no está obligada a renta,con una hipoteca anterior y que hablemos de cantidades como la que pones,es porque hay otra cuestion por ahí que no has comentado,ojo no te alarmes que no soy espia de AEAT,ok

Vamos por partes,a ver no te centres en el año 2006,arrastralo hasta el año 2007,aunque la ley se de ese año no significa que acotes hasta ese año,o lo mismo es que has confundido al poner el año...
Tomando como referencia tu ejemplo,tenemos que considerar que te puedes desgravar esos 10000 euros con el limite de los 9015 euros,correcto,evidentemente utilizamos esta opción porque nos interesa más a la ahora de deducción,pero ojo,ya no no podremos deducir la hipoteca antigua.ok..así que tendremos que constituir la hipoteca de la nueva vivienda para poder seguir la deducion por vivienda habitual,si o al siguiente año estaremos sin nada(pero como tu no estás obligada pues nos quedamos igual)....Y siempre hablamos de cantidades aportadas al promotor o vivienda nueva...

Seguimos con la siguiente pregunta,el porqué sabe aeat que has entregados dichas cantidades....?Pues bien aeat recibe los datos aportados por la promotora en sus impuestos, concretamente el modelo 347,en el cual da tu datos fiscales,que previamente has consentido en la firma del contrato de compraventa,y simplemente se cruzan con los que tu declara,evidentemente tu eres libre de deducirte dichas cantidades en concepto de vivienda,si no lo has presentado en el año correspondiente en su declaracion de la renta(lo pierdes),tu no puedes hacer la cuadratura del circulo y este año desgravarte tus aportaciones del año 2006+2007,con la excepcion de la cuenta ahorro vivienda que si no las has declarado en su año(eres muy benevolo con AEAT) pero si al cuarto año dedides sacar todo el dinero destinarlo a la vivienda habitual,ese dinero si que puedes desgravartelo en el correspondiente ejercicio tributario..

y por último la compraventa con reinversión,a ver aquí si que me tienes que aclarar mejor,sobre todo esto: ...Si reinvierto el dinero de la venta en pagar en parte el piso nuevo o cancelo de forma importante la nueva hipoteca ya constituida porque no me ha dado tiempo a venderlo... Bueno vendemos o no vendemos el piso?,eso lo primero
Que piso vendemos?el viejo o el nuevo?
Qué hacemos con el viejo?

Pro cierto ,la reinversion son dos años,cierto

en fin espero que te haya ayudado en algo,sigo pendiente a qué escudriñes un poco el último párrafo

Hasta ahora
 
Z
ZGZ06UMB
06/03/2008 14:03
Para Chalete y los que han aportado sus opiniones, más preguntas

Lamentablemente Chalete no es el de rentas altas, sino normalita. Si no me dudujera por hipoteca, creo que no estaría obligada a hacerla.

He indagado un poco a tu respuesta y estas en lo cierto (art 68 1.2 ley 35/2006) o sea que si yo hasta el 31/12/2006 pague 60.000 euros de mi actual piso incluyendo los gastos que incurrí al comprarlo y todas las cuotas que religiosamente pago mes a mes y por otra parte pagué en el 2006 70.000 euros por la nueva casa que tendré a lo largo de este año, me podre deducir por los 9000 euros y pico del máximo, ya que supero los 10.000 (70.000 - 60.000). Y solo por las cantidades que he aportado al promotor, y no por las cantidades de mi actual hipoteca. Creo que es así.

Voy más allá , como sabrá hacienda que he realizado esos pagos ya que todavía no he formalizado la nueva hipoteca, y solo en el borrador vienen los pagos de mi actual hipoteca.? ¿Existe obligación al igual que los bancos, que el promotor comunique a haciendas las cantidades a cuenta de las promociones de sus viviendas?

Doy un paso más. Ahora vamos a suponer la venta. Supongamos que yo soy afortunado y vendo el piso en el 2008. Si reinvierto el dinero de la venta en pagar en parte el piso nuevo o cancelo de forma importante la nueva hipoteca ya constituida porque no me ha dado tiempo a venderlo. ¿puedo declarar la exención por reinversión en vivienda (creo que son en 2 años y no en 3, por el real decreto 439/07 art. 41.2 que desarrolla la ley 35/2006 )y además la deducción por inversión en vivienda habitual (cantidades pagadas de la nueva hipoteca en 2008)o tengo que declarar solo la reinversión o solo la deducción, es decir lo que mejor me salga. Esto no lo entiendo muy bien

Gracias por responder , igual no me he explicado demasiado bien
 
C
chalete
05/03/2008 19:09
buenas tardes

triz10,si me preguntas a mi,probablemente me haya ido por el tema monetario y sus deducciones, y haya marginado los temas conceptuales,o puede que no me haya expresado bien...

Voy a destilar un poco mi razonamiento:
No quiero decir que te puedas desgravar dos viviendas a la vez,sino cuestión de "condición más beneficiosa",tu solo puedes desgravarte un sola vivienda habitual,ok.(perfecto)Ahora bien si optas por desgravarte el dinero aportado de la segunda vivienda,lo haces solo y solo si,has superado con creces lo invertido en la primera vivienda y dejas de deducirte de esa primera vivienda,ok,entonces pasamos deducirnos la segunda vivenda,que a partir de ahora tomaría el disfraz de primera vivienda,y todo esto siempre y cuando no hablaramos de reinverisión(compra y venta) y plazo de 3 años que comentas,y con la salvedad de que dejas de DEDUCIRTE de la vivienda antigüa para pasar al segunda porque es la "condición mas beneficiosa",y optamos a tomar esta vía.
En el caso de ZGZ06UMB,dos vivendas a la vez y que probablemente con la segunda vivienda al aportar más dinero(la norma X+1) se deduciria más dinero con el límite que todos sabemos del 15% sobre los 9015,28,puesto que el 25% ya no es para este año...o bien pagaría menos dienro a AEAT (si su renta sale a pagar)e interesa más fiscalmente

Espero que haya sido clarificador,no obstante, no se si es el caso que comentamos de ZGZ06UMB,pero estos supuestos se dan "mucho" en contribuyentes de rentas altas...

Hasta ahora
 
T
triz10
05/03/2008 18:34
Pero si las desgravaciones son por vivienda habitual... si haces aportaciones a otra vivienda y te estás ya desgravando d tu primera vivienda porque pagas la hipoteca.... no entiendo como puedes desgravarte además de ese + 1 que comentas... a no ser que una vez convertida en vivienda habitual y teniendo en cuenta lo de la reinversión, plazo de tres años etc... si que se pueda... lo puedes aclarar mejor? Gracias
 
C
chalete
05/03/2008 16:35
Buenas tardes

ZGZ06UMB,siento decirte que no puedes desgravarte todo en su totalidad,teniendo cuenta el límite que te ha expuesto anteriormente exfat.

No obstante discrepo de exfat puesto que hay una opción,puesde desgravarte parte de esta segunda vivienda en construcción siempre y cuando los pagos echos superen la inversión de la primera vivienda,es decir si tu has pagados por tu primera vivienda a la fecha de hoy "X" euros(aquí incluyo la financiación ajena,como la financiación propia),pero las cantidades aportadas para la segunda vivienda son X+1,ese uno si que puedes desgravártelo,me entiendes,dentro de los limites legales...

Ahora si ese uno no supera lo que ya has pagado por tu vivienda antigüa siento decirte que no puedes desgravarte estas aportaciones a la vivenda nueva ;cosa distinta es la venta de vivienda antigua y compra de nueva vivienda,entonces estaríamos hablando de reinviersión,pero veo que no es tu caso,por lo menos en el año 2007,ya que mencionas hipoteca actual,doy por hecho que sigues con ella

Hasta ahora
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento