buenas tardes
A efectos de irpf existe dos modalidades de unidad familiar:
1.- la formada por conyuges no separados legalmente y los hijos de estos sean menores y prestan su consentimiento y viven con ellos ;y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente
2.- casos de separacion legal y los hijos convivan con cada unos de ellos y con las características que anuncié en el parrafo anterior
Con respecto a tu pregunta simplemente comentarte que NO puedes desgravarte el 100% de la hipoteca puesto que no estáS casad@ con tu pareja y no formas una unidad familiar,y no puedes hacer las combinaciones de tributacion conjunta o individual,no obstante, recordar que en la escritura de constitución de hipoteca podrías haber dejado claro esta anomalía con cláusula y en el cuál tu aportabas el pago de la totalidad de dicha hipotecas y por ende podrías haber desgravado el 100%,siempre y cuando estuvieras casad@ con tu pareja(condición sine quanum)....Este último caso,solo lo he visto una vez,y no se hasta que punto tiene validez en hacienda
Hasta ahora