A ver si podéis solventarme unas dudas.
Me acabao de separar de mi pareja (con quien no estaba casado) y teníamos una hipoteca al 50% de la que nos quedan por pagar 280.000 €. Yo quiero quedarme con la casa y ella acepta no recibir más pago que la asumción de su deuda (140.000 € + unas derramas de unos 20.000 €). El valor de la casa ahoa mismo según un par de agentes inmobiliarios que pasaron a verla está entre los 220.000 y los 240.000, es decir, bastante menos de lo que resta por pagar de hipoteca. Por su parte ya hemos acudido al banco para ver si era posible que yo me subrogara en la hipoteca y asumiera el 100%, pero el banco tras estudiarlo lo ha denegado a no ser que yo presente unos avalistas que no tengo.
1) ¿Es posible que llevemos a cabo una extinción de condominio y me convierta en el propietario registral a pesar de que el banco se niegue a modificar los titulares de la hipoteca?
2) Cuáles son los gastos apróximados de esa operación?
3) ¿Cuáles son las consecuencias cara a la declaración de la Renta u otros impuestos a los que hacer frente? ¿Deduciríamos los dos el 50% del pago de la hipoteca o por el contrario podría yo deducir el 100% de los pagos hipotecarios y derramas al ser de facto el único pagador?
4) ¿Suelen los bancos "ceder" una vez producido el cambio de registro y acceder al cambio de titular único de la hipoteca o por el contrario lo más probable es que mi ex siga vinculada a la hipoteca hasta que se produzca su extinción?
5) ¿Existe alguna otra solución jurídica para este caso teniendo en cuenta que el piso no lo podemos vender y tampoco tengo 140.000 € para comprar su parte?
Gracias!