Según mi opinión te toca pagar el 18% de las ganancias en la venta de tu vivienda, compres lo que compres.
No vas a poder eximirte de nada, a no ser que esa que tú dices va a ser la segunda vivienda se convierta en la primera otra vez.
Uno queda eximido de pagar a hacienda siempre que se reinvierta en la PRIMERA vivienda y sólo en la primera vivienda. Invertir en una segunda vivienda a efectos de hacienda es como si te compraras un local, un coche o una colección de libros, toca pagar.
También es verdad, que tienes dos años para reinvertir el dinero una nueva primera vivienda. Igual no es mala idea indicar que vas a reinvertir el dinero y esperar a ver como respira el mercadoy sin prisas igual hasta encuentras una ganga, algún promotor que necesite vender o un particular en el mismo caso y tengar que bajar el precio para librarse de algún banco que apriete en exceso.
También otro detalle, que en el caso hipotético de investigación de hacienda para verificar si es primera o segunda vivienda, están los recibos de la luz, agua, tfno, etc. Dificilmente se puede justificar que vives de forma habitual donde no gastas ni gota de agua ni kWh de luz.