Syra dijo:
Después de aceptar una oferta vinculante para una subrogación, entregar la documentación, darme la aceptación a la operación y superar el plazo para una posible enervación, me informan que si no se produce la firma antes del 30 de julio no me conservarán las condiciones (tipo de interés que se verá incrementado) ya que la entidad ha subido los tipos para las hipotecas.
En estos momentos estamos pendientes de realizar la tasacción ya que todos los pasos anteriores se han realizado de forma satisfactoria.
¿Pueden modificar las condiciones antes de la firma? He aceptado una operación con unas condiciones determinadas y la demora en el tiempo no es debido a ninguna actividad controlable por mí (tasacción y preparación de la firma).
Muchas gracias de antemano.
Aunque en la mayoria d elas ocasiones estoy deacuerdo con Pau A..en esta ocasion y sin que sirva como precedente NO LO ESTOY...las ofertas vinculantes para una subrogación deben existir y es un documento interno de la entidad firmado por el Director de la Oficina, actualmente las subrogaciones con el cambio de la ley se hacen mediante acta notarial y conlleva unos gastos para el cliente...pero como ahora si muy bien dice Pau A la oferta vinculante tiene una fecha limite y tal y como estan variando los tipos de interés y subiendo a velocidad estrepitosa es normal que las mismas sean de una validez temporal corta en el tiempo y la entidad este en su derecho de modificarte el tramo inicalde salida ya que para una entidad se toma como referencia el Euribor a la fecha de formalizacion de la operación, si en la oferta vinculante te dieron un tramo de salida referenciado a un euribor anterior, estarian perdiendo dinero...Y LAS ENTIDADES FINANCIERAS NUNCA PIERDEN DINERO...es justo no?
Un saludo