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victorfz
11/09/2008 12:02

Gastos subrogación segunda vivienda nueva de const

Dudas sobre gastos de escritura para segunda vivienda

1.810 lecturas | 3 respuestas
Hola voy a escriturar en breve mi segunda vivienda que es nueva de constructora y me quiero subrogar con la hipoteca que me ofrecen.
Tengo dos dudas.
1 Tengo que pagar IPT-AJD por compraventa y por la escritura?
2 Se hace una escritura por compra-venta y otra de escritura o es la misma escritura para las dos cosas?
Es que en cada sitio me dicen una cosa y tampoco he encontrado ningún documento que me lo aclare al 100%.
Gracias de antemano.
Saludos.
 
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Pau A
15/09/2008 22:29
Buenas noches,

Poco que añadir, solo que deberias consultar en la promotora (entidad) si la oferta estandard es valida y aplicable al ser 2º vivienda... podria cambiar las condiciones.

V´sss
 
T
triz10
11/09/2008 13:34
Bueno voy a intentar alcarartelo un poco...una escritura es la de compraventa que es la que te da la propiedad del piso y por tanto se firma ante el notario dando fe, y para ello tienes que pagar la casa, si no tienes el dinero pues entonces te lo tienen que financiar y es lo que se constituye una hipoteca o te subrogas a una que ya constituida (en este caso la del promotor), eso es otra escritura la de hipoteca (bien de subrogación de deudor o bien de constitución), esta escritura se suele hacer simultaneamente a la escritura de compraventa por razones obvias, y algunas veces en vez de separatelas te las ponen juntas (auqnue realmente son dos escrituras) en un mismo documento, una parte es la omrpaventa y otra la hipoteca de la casa... en cuanto a IAJD, es el impuesto de actos jurídicos documentados, esto es que se cobra cada vez que el notario echa una firma en un documento público...así pues tiene dos partes unos centimos por cada papel que se utiliza en la escritura (creo que son 0´25€ por hoja... es como papel timbrado) y otra parte una % en función del valor que haya en la escritura, así que pagarás IAJD por cada escritura, pero si te subrogas la hipoteca ya está constituida así que la promotora ya pagó ese % al constituirla así que te ahorrarás entre el 0´5% y el 1% de la responsabilidad hipotecaria que aparezca en la escritura de hipoteca. Un saludo
 
El Mano
El Mano
11/09/2008 12:50
Escritura es una cosa y contrato de compra-ventas (o contrato de arras) es otra.

Solo tienes que pagar IPT-AJD cuando firmes la escritura, que es cuando te entregan la casa.
 

Fin del hilo
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