Bueno voy a intentar alcarartelo un poco...una escritura es la de compraventa que es la que te da la propiedad del piso y por tanto se firma ante el notario dando fe, y para ello tienes que pagar la casa, si no tienes el dinero pues entonces te lo tienen que financiar y es lo que se constituye una hipoteca o te subrogas a una que ya constituida (en este caso la del promotor), eso es otra escritura la de hipoteca (bien de subrogación de deudor o bien de constitución), esta escritura se suele hacer simultaneamente a la escritura de compraventa por razones obvias, y algunas veces en vez de separatelas te las ponen juntas (auqnue realmente son dos escrituras) en un mismo documento, una parte es la omrpaventa y otra la hipoteca de la casa... en cuanto a IAJD, es el impuesto de actos jurídicos documentados, esto es que se cobra cada vez que el notario echa una firma en un documento público...así pues tiene dos partes unos centimos por cada papel que se utiliza en la escritura (creo que son 0´25€ por hoja... es como papel timbrado) y otra parte una % en función del valor que haya en la escritura, así que pagarás IAJD por cada escritura, pero si te subrogas la hipoteca ya está constituida así que la promotora ya pagó ese % al constituirla así que te ahorrarás entre el 0´5% y el 1% de la responsabilidad hipotecaria que aparezca en la escritura de hipoteca. Un saludo