Pues si es tan legal como que a mi también me ha tocado la aplicación del de octubre...que es el que salió publicado en noviembre y la cuota revisada me la pasan en enero, ya que era el anterior publicado y unas veces favorecen las revisiones y otras perjudican,no te pueden hacer la revisión justo el día que te pasan la cuota, te tienen que comunicar con antelación la nueva cuota y el tipo de interés, así que al utilizar el último publicado, y teniendo en cuenta que hasta la modificación de la fecha de publicación se hacía en torno al 20 de cada mes a mes vencido, realmente todas las revisiones eran con tipos de dos meses anteriores (mas o menos) dentro de 6 meses te bajará muchsimo más la cuota... hay que pensar que si la revisión es semestral sólo son 6 meses... así se firmó y así te lo aplican a favor y en contra...es lo que tienen las escrituras notariales...Un saludo