Hola,
Muchas gracias por los mensajes. El Mano a mi me da miedo lo de hipotecar la primera vivienda. Mi amigo que es interventor lo vio una locura y me dijo que si hipotecaba la segunda vivienda si hay deuda prinero intentarian embargar esa vivienda y luego parte de mi nomina pero les llevaria tiempo y seria dificil tocar la primera vivienda. Pero segun el si hipoteco la habitual me expongo a que rapidamente actuen y sin piedad van a por ella. Y me dijo que habia visto ya muchos casos asi.Me dijo que el siempre aconseja hipotecra la habitual pero como ahora opinaba como amigo que no lo hiciera. Es por eso que me da miedo. Sin embargo lo normal es que si te compras una vivienda habitual la hipoteques.
Y JMEU, lo de los 35 años lo pedi yo para que fuera menos cuota.
Las condiciones de oficinadirecta me parecen buenas, pero yo la verdad es que no entiendo mucho. Te mando parte del mensaje.
* IMPORTE: 108.000 Euros.
El importe finalmente concedido, tendrá como límite máximo el 80,00% del valor de tasación de la vivienda a hipotecar. En caso de que dicha vivienda esté calificada como VPO, se considerará como valor de tasación el valor máximo legal.
* PLAZO: 35 años.
Las cuotas son mensuales y pagaderas el último día de cada mes natural.
En el mes de la firma únicamente pagará intereses y sólo por los días transcurridos entre la fecha de firma y el último día del mes.
* COMISION DE APERTURA: 0,00%.
* INTERES INICIAL: 2,45%
El tipo será aplicable hasta el último día del trimestre natural en el que se cumplan los 6 primeros meses de vida del préstamo. A partir de esta fecha el tipo de interés se revisará cada año, coincidiendo con esta primera fecha de revisión.
* REVISION ANUAL DE INTERESES: Euribor* + 0,39%. Sin redondeo y con un tipo de mínimo del 1,00%
Estas condiciones se aplicarán siempre que los Titulares mantengan ininterrumpidamente domiciliados los ingresos reflejados en la solicitud (si, en un futuro, sus ingresos fuesen inferiores, dicho importe quedaría reducido a los realmente percibidos, previa justificación por su parte) y al menos dos recibos de suministros. Además, al menos uno de los titulares deberá poseer Tarjeta 4b y el servicio de Banca Electrónica, ambos gratuitos.
En caso de incumplimiento, el tipo a aplicar en la revisión de intereses se incrementará en un 0,35% adicional.
(*) Euribor publicado en el BOE, por el Banco de España, el mes anterior a cada fecha de revisión.
* Por Compensación por desistimiento:
Aparte ñadir el seguro del hogar. Pero no el de vida.
¿Os parece una buena opcion?