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T
TOSHIBA
08/04/2009 15:33

la financiación so supera el 50%

¿Para poder desgravar, la financiación que pides en la reinversión debe superar el 50%?

1.863 lecturas | 3 respuestas
Hola os expongo mi caso:
1- Vendo mi primer piso, y saco de beneficio 60000€ , a esto le sumo 18000€ que tenia ahorrados.(78000€)
2- Me compro una nueva vivenda (habitual) por importe de 130000€ + iva 9000€+gastos 3300€=142300€
3- Voy a pedir financiación (hipoteca) por 63000€. Me han comentado que si la financiación que pides en la reinversión , no supera el 50% , no te la puedes desgravar. ¿Es cierto?¿Entonces cuánto debería de pedir , para poder desgravar??

DUDAS: Este 50% que es sobre el valor de la vivienda , osea , los 130000€ o bien seria sobre los 142300€(iva +gtos. incluidos)????
Voy super perdida si alguien me puede aconsejar, se lo agradecería muchísimo. Gracias y saludos.
 
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El Tuercebotas
21/04/2009 14:38
La limitación de pedir más del 50% de préstamo sobre el precio de la vivienda era con carácter general para todas las hipotecas, no sólo para reinversiones en nueva vivienda, es decir, para cualquier hipoteca tenías que pedir más del 50% del precio de compra en hipoteca para poder desgravarlo.

No obstante, creo que esta limitación ahora ya no se aplica. Como dice nasgud en el reglamento del IRPF aparece esta limitación pero creo que ahora ya no se aplica. No te lo puedo asegurar al 100% pero creo que es así. De todas formas yo preguntaría en la Agencia Tributaria y me informaría bien, ya que creo que eso luego se modificó.

De todas formas, en tu caso el 50% se aplicaría sobre 130.000 que es el precio de compra (no se incluye IVA), por lo que el mínimo de hipoteca serían 65.000 euros. Si tenías pensado pedir 63.000 pues tampoco es mucha diferencia. Pides 65.000 y te evitas problemas. De todas formas si el coste total son 142.300 euros y tienes ahorrados 78.000 euros a mi la resta me sale 64.300 euros y no 63.000. Por la diferencia que hay pide 65.000 o 66.000 y sabes seguro que te evitas problemas, o incluso pedir un poco más de hipoteca y dejarte algo para muebles y equipar la vivienda si lo necesitáis.
 
N
nasgud
21/04/2009 08:07
A ver si con esto te queda más claro:

Por Real Decreto de Reglamento del IRPF. En el artículo 52 del mismo, se señala expresamente que únicamente se podrán aplicar estos porcentajes de deducción máximos los particulares que soliciten préstamos hipotecarios por importe igual o superior al 50% del valor de la vivienda que adquieran y siempre y cuando no amorticen más del 40% de lo solicitado en los tres primeros ejercicios.

Quienes no cumplan estos requisitos sólo podrán deducirse el 15% de lo abonado por gastos, intereses y amortización de capital. Además, el Proyecto de Reglamento especifica que estos préstamos deberán ser concedidos por una entidad financiera o una empresa a sus empleados.

Esto es aplicable sobre el valor de la vivienda y el valor de la vivienda es el que aparecerá en escritura, suponiendose el valor + Iva. (Gastos no incluidos).

En tu caso deberías pedir 70.000 €. Y no amortizar más del 40% en los 3 primeros años.
 
N
nasgud
21/04/2009 07:49
Exención por reinversión:
La plusvalía obtenida en la venta de una vivienda habitual queda exenta de tributar a Hacienda si en un plazo máximo de 2 años se reinvierte en la compra de otra vivienda habitual. La desgravación de la nueva vivienda sólo podrá realizarse por el importe que supere al precio de venta de la anterior vivienda. Por ejemplo ; si se compra una vivienda por 50.000 euros y se vende por 130.000 euros la plusvalía son 60.000 euros. Si los 130.000 euros se utilizan como entrada de la nueva vivienda (cuyo valor total suponemos de 200.000 euros) no hay que pagar nada a Hacienda por esa plusvalía de 60.000 euros. En la compra de la nueva el máximo por el que podremos desgravarnos son 70.000 euros (200.000 – 130.000 = 70.000).

 

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