Lo que sucede en el inmueble se denomina "exceso de cabida". El Notario no tiene nada que decir al respecto, xq el Notario no visita el inmueble ni tiene xq ver la información del catastro en la que aparece la superficie registral.
Lo que seguramente suceda, es que el valor de tasación con los metros inscritos es insuficiente y para que la operación salga adelante, se necesita legalizar la situación incribiendo esos 20 metros.
Antes de hacer nada, acude a tu ayuntamiento. No se trata de una cuestión de costes si no de que se pueda o no se pueda hacer. La finca tendrá una habitabilidad máxima y tu podrás, o no, inscribir esos 20 metros.
En cualquier caso...todo esto es algo que debera hacer el vendedor, que es el que tiene 20 metros de casa en situación irregular.