Oferta de Subrogación Unicaja
¿Las comisiones de cancelación anticipada están fijadas por ley?
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Hola a todos
Antes de nada gracias a todos los que formas este foro por ayudarnos tanto, os estoy muy agradecido de antemano.
Bueno al tema. El caso es que ya mismo terminan mi casa (un adosado de una urbanización de 102 chalets) en un pueblo de la provincia de Jaén y el otro dia me llamo al movil el director de la oficina de unicaja (que es donde el promotor tiene el prestamo hipotecario concedido para la construcción) para ir entregandole documentacion, dando por seguro que me subrogaría, seguidamente os pongo lo que me ofrecieron:
- Diferencial: +1,75p.p. (leeis bien si)
este diferencial puedo bajarlo:
*si domicilio mi nomina -0.30
*Seg de vida y de hogar -0.15
*Seguro de desempleo (me cuesta 1500€) -0,15
- El suelo es el primer año 3,5% y el resto 3% y el techo 8%
- Comisión de cancelación parcial/total anticipada sobre el capital aportado (segun él esto es por ley y no puede modificar nada)
0,5% los 5 primeros años
0,25% el resto
- Tiempo Máximo 29 años (esto dice que es por el tiempo de retraso que lleva el constructor (debería haberlas entregado en mayo del 2008)
Para que tengais todos los datos, yo soy enfermero y tengo mi plaza vacante en quirofano asi que es practicamente imposible que me hagas una regulacion o me quede sin trabajo, mi salario neto mensual es de 1650€. Mi pareja aun no tiene ingresos porque esta con unas oposiciones aunque cobra el paro.
El valor de la casa son 137.870€ + IVA, con iva incluido son unos 148.000€ de los cuales solo necesitamos 107.000€, el resto lo ponemos nosotros (41.000€) ademas de los gastos de la hipoteca que según el de unicaja son unos 4.800€ (incluidos los 1500€ del seguro de desempleo).
Bueno, pues estas son las condiciones, espero que me digais que tal pero vamos que las considero una autentica barbaridad... pensais que esto se podrá rebajar a algo decente?
Tambien me gustaría preguntar si es cierto que las comisiones de cancelación anticipada estan fijadas por ley... tanto la de cancelación total como parcial ¿o la ley solo fija los maximos?
Perdonad por el tocho... Muchisimas gracias a todos de nuevo!