Hola Juliman:
He estado investigando tu pregunta porque precisamente me encuentro en una situación similar. Por lo que entiendo no hay que pagar plusvalía ni IRPF pero si AJD que entiendo lo abonaría tu pareja. No puedes renunciar como una donación puesto que la donación si tributa y es mas caro, la fórmula es Extinción de Condominio, que es mucho mas económico.
Te adjunto un link que puede alcarar lo que comento .
https://www.rankia.com/blog/mejores-hipotecas/3405165-gastos-impuestos-extincion-condominio
Un saludo