Los productos sobre los que yo te quiero avisar se contratan al margen de la hipoteca.
Tú seguirás pagando tu hipoteca a euribor + 1.65 de diferencial.
Realmente no se trata de "poner techo a tu hipoteca"(aunque te lo vendan así)
Es contratar una "cobertura de riesgo de interés", por la que pagas una prima/cuota, que se suele fijar sobre la cantidad del préstamo, por 1 -3-5 años o los que sean...con un interés máximo fijado al 2%, en tu caso. En la cobertura se fijará los plazos de vencimiento, liquidación, revisión...(puede que esta coincida con la revisión de tu hipoteca, o no).
Si el euribor publicado en el BOE es por encima del 2%, te abonarán la diferencia.
Lo que puede ocurrir, es que no solo contrates un máximo/techo, si no que sin saberlo, también estés contratando un mínimo/suelo, y si el euribor baja 'por debajo de ese mínimo contratado te toque pagar la diferencia. (Hay muchas demandas en los foros sobre esto).
Generalmente no se pueden cancelar antes del vencimiento.
Es un producto que puede implicar mucho riesgo.
Vamos, que te leas todo bien antes de firmar nada.