Gracias por las respuestas. Bueno, he reescrito la cláusula por mi mismo, por lo que probablemente esté fatal, pero bueno admito y espero correcciones que me ayuden a encontrar el contrato que más garantías ofrezca. gracias:
"En el supuesto de que la parte compradora no obtenga financiación para la adquisición de los inmuebles descritos u obtenga dicha financiación pero por un valor inferior al necesario a causa del resultado de la tasación de la vivienda, queda la parte vendedora obligada al reintegro de las cantidades entregadas en concepto de arras, por lo que la falta de financiación o la financiación insuficiente, no podrán ser consideradas como incumplimiento ni desistimiento voluntario del contrato, teniendo efecto suspensivo del mismo.
Como garantía de cumplimiento de la devolución de la cantidad entregada como arras, para el caso de no obtención de financiación u la obtención de financiación insuficiente para la compra de la vivienda por causa del valor de tasación resultante, la cuantía entregada en este acto mediante el cheque nominativo descrito, quedará depositado en la sede de la Agencia Inmobiliaria, sin que pueda ser presentado al cobro por la vendedora hasta tanto no se verifique la obtención de la financiación necesaria por la parte compradora, o por el transcurso del plazo de mes natural desde la fecha.
La falta de obtención de financiación deberá ser acreditada mediante la certificación de la entidad bancaria, en la que se tiene interesada la financiación, en el que se manifiesten la no concesión del crédito tras haber estudiado la operación en la cantídad solicitada por los compradores. La obtención de la financiación insuficiente para la parte compradora se acreditará con el resultado de la tasación de la vivienda.
En todo caso se entenderá que la parte compradora obtiene la financiación en el momento en el que la Entidad Bancaria apruebe la concesión del crédito de ----- € y el resultado de la tasación de la vivienda sea igual o superior a ---- €."
gracias