Hola a todos,
Tengo un piso en el centro de Barcelona del que ya he firmado las Arras. En mi Caja ya me dieron el ok al tema de la hipoteca y estamos en la tasación.
La cuestión es que el piso es una herencia de una persona que falleció hace 4 meses y la heredera universal del difunto no tiene relación con él (era su mujer de hacer faenas). El testamento está en regla, también las últimas voluntades y el difunto en cuestión no tenía ni ascendencia ni descendencia (toda esta documentación la tiene mi Caja).
Sin embargo, un amigo que trabaja en un banco (no en el mío) me ha advertido que pudiera ser que a última hora no me concedieran la hipoteca por el artículo 28 de la Ley Hipotecaria.
Estoy un poco angustiado y quisiera saber si efectivamente es así. Y si es así, ¿ningún banco concede hipotecas a tenor de ese art.28?
Me preocupa además no recuperar las Arras. Pero que lo que es muy raro es que mi banco, aún teniendo la documentación no me haya dicho nada.
Muchas gracias de antemano,
Un saludo.