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Carlitos_82
Carlitos_82
02/02/2016 11:18

Varios,duda compra casa debe pasar por juzgado,comisión agencia e IVA,gastos desgrabables.

¿Qué gastos me puedo desgravar de la compra de una vivienda?

1.824 lecturas | 2 respuestas

Buenos días a todos,

quería plantear varias consultas, la primera de todas es que vamos a comprar una casa que viene de una herencia, son 3 herederos, 2 de los cuales ya han firmado y aceptado la propuesta que hicimos. El que queda está tutelado por la Comunidad de Madrid y es a través de un juzgado como se debe autorizar o no la venta si consideran que el precio de la misma es razonable, está escriturado por 79.000 y comprarmos por 70.000 € . ¿Alguien que haya pasado por lo mismo, consejos, que hacer o no?

lo siguiente es , a la agencia le debemos pagar una comisión,nos ofrecen pagarla sin IVA y alegan que como yo no me lo voy a poder desgrabar que es mejor así. Si yo lo hago así Hacienda me pillará,no? Antes o después deberé pagar ese 21 %.

y por último , que gastos son desgrabables de la compra?

Comentaros que la hipoteca la hemos hecho con ING y estamos sólo a falta de firmar los seguros una vez se escriture,todo ha ido muy bien con ellos en todo momento, por si alguien quiere saber o preguntar algo.

muchas gracias a todos, saludos

 
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O
Oscar97
14/04/2016 21:42

Buenas noches,

En relación a la autorización judicial. En casos en los que una persona no tiene plena capacidad de obrar y está tutleado por otra persona, se requiere autorización de esa persona o autrización judicial, si el tutor tiene interés en el negocio jurídico. Además, es posible que se le tenga que nombrar un defensor judicial, es decir, otra persona que pueda intervenir en su nombre para ese negocio jurídico si el tutor no puede hacerlo por tener interés directo.

 

Como bien te han dicho, estos procedimientos judiciales son lentos y pueden tardar unos meses. En Madrid hay unos uzgados especializados en asuntos de incapacidades, por lo que los plazos son algo más cortos (tampoco mucho...).

 

Una vez el juzgado autorice la venta, podreis firmar la escritura sin problemas. Por otra parte, no suele ser habitual que deniguen la autorización, salvo que concurran circunstancias “extrañas”.

 

En cuanto al asunto del IVA. Entiendo que lo que te han propuesto es respecto de la comisión de la inmobiliaira. Si es así, podrías pagar ese dinero en B y así ahorrarte el IVA. La transferencia, obviamente, no la podrías hacer y tendrías que pagar en metálico. 

 

Como ya te han dicho, los servicios de intermediación inmobiliaria están sujetos al 21% de IVA, por lo que estás obligado a pagar el impuesto y, la agencia, a declarar tanto el IVA como el rendimiento obtenido por su intervención.

 

Mi consejo es que valores detenidamente la opción por cuál decantarte. El impago del IVA puede ser una infracción tributaria y ello conllevaría tanto sanción como recargo. Por otra parte, si ninguna parte lo declara, es dificil de detectar, aunque no imposible.

 

En cualquier caso, y si decides no pagar el IVA, asegurate de que ellos te entregan algún tipo de recibo o documento en el que se refleje o bien que la deuda está abonada o que no tienes que pagar nada. De lo contrario, y siendo mal pensado, si pagas sin declararlo y ellos te la quieren jugar, podrían reclamarte el pago alegando que no lo hiciste, y tu no tendrías forma de acreditar ese pago en efectivo.

 

Mucha suerte

 
A
answer
22/02/2016 14:05

 

Hola,

Lo mas importante es la persona que esté tutelada…  este es un tema que puede ser muy lento… no sé como lo tenéis de avanzado pero hay casos que hay que esperar meses.

 

Por otro ladocomentar que hay que pagar las facturas con IVA, sobretodo por vsotros.. así tenéis la correspondiente factura y si hay cualquier cosa disponéis del documento.

 

Saludos,

Javier
Asesor financiero
SF-GRUP
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