Buenas tardes. Llevo tiempo acompañando el foro, pero ya toca participar también.
La obligación de contratación del SR para el sótano si contratas el SR en el resto de la casa, creo que tiene que ver con la temperatura de funcionamiento de la caldera. Con radiadores son 70°c aprox y con SR 40°C aprox. Si tienes SR tendrás una caldera trabajando a un régimen de temperatura que no calentará adecuadamente los radiadores. Creo que va por aquí el tema. En definitiva, no se trata de una obligación comercial impuesta por Gestilar, se trata de una necesidad técnica