Sí, como bien ha dicho Mar, a los 7 años se puede ejecutar la opción a compra y no existe límite de ingresos, sólo en el momento del contrato de alquiler.
En el momento de firmar el contrato de alquiler, la renta no puede superar el IPREM*5,5/0,8, siendo 0,8 el factor perteneciente a una pareja o a una persona sola.
Así, si entre los dos miembros de la pareja no superáis esta cantidad (en bruto, claro está), que creo era mayor este año por la generosa subida del IPC, podéis poneros los dos en el contrato de alquiler. De lo contrario, sólo podrá ponerse el beneficiario del piso.
Al ejecutar al opción de compra, podréis escriturar a nombre de las dos personas sin límite de ingresos ;)
Yo lo miro siempre por la guía del Plan Joven 2005-2008, que pusimos por aquí y es la más fiable para mí :)
Supongo que las viviendas de SS de los Reyes ya estarían construídas, o prácticamente acabadas en el momento del sorteo, no como las nuestras, que ni siquiera tenían calificación provisional... Pero ya están excavando ;)