Que parrafada eh? Pues ahora otra!
Mirad ; esto pone en una página de prerguntas de este tipo...
Si vas a comprar una vivienda nueva y el promotor suspende pagos o bien quiebra, el plazo se amplía en otros cuatro años, siempre y cuando lo hayas comunicado y solicitado en Hacienda.
En cualquier caso, he llamado al IVIMA y no hay ningún problema porque tengas una cuenta ahorro vivienda (las que no te lo permiten son las que te tocan por sorteo de los ayuntamientos, porque van por puntuaciones, pero para este sorteo les da igual...). Así que, como no se sabe lo que puede pasar y siempre hay que ponerse en el peor de los casos (no quiero ni pensarlo, pero se puede retrasar mucho, que sea una vivienda en la que no estás bien, por lo que sea!) no convendría cerrarla hasta no estar seguro de que viviremos en Parla.
Por otro lado, también he preguntado al IVIMA, y:
No puedes tener una vivienda en propiedad dentro de la Comunidad de Madrid, cuando se firma el contrato de arrendamiento ; después como si tienes 14. Así que la puedes dejar abierta y cuando te finalice el plazo plantearte dar una entrada de algo lejos (y después venderlo...... o no sé.......).
Son ideas eh? que tengo que seguir dándole vueltas..... Sabeis si te exigen que no vendas esa vivienda en algún tiempo??