Buenos días.
Tendríamos que revisar las escrituras, pero creo recordar que venían los inmuebles "libres de cargas y servidumbres". Supongo que jesanan se refiere a que vienen las conducciones contempladas en los planos para decir que vienen reflejadas en las escrituras, pero eso no es suficiente. Lo que tiene que estar es expresamente reflejado en la letra de la escritura, que es lo que se eleva al registro de la propiedad, y "lo que no está en el registro, no está en el mundo", como dicen los abogados. Los planos no se elevan al registro. Por tanto, creo que no viene reflejada la servidumbre en la escritura, y por tanto no sería legal.
Dice bien jesanan en que hay que informarse bien antes de hablar de denuncias. Yo mismo estuve pensando hace tiempo en meterme en denuncias por las servidumbres y fueron abogados especialistas los que me lo sacaron de la cabeza, a no ser que sea la AVBM o Agrupmont la que encabeze la acción.
En cuanto aL tema de hablar en los foros pero no hacer nada, tiene razón jesanan. Primero hay que informarse bien y luego ponerse a trabajar. Creo que en este caso, como en otros, debe ser la AVBM o Agrupmont la que lidere la cuestión, y para aplicarme el cuento, yo seré el primero en ayudarla en lo que pueda si ellos deciden remangarse y ponerse a trabajar en este tema.
Un saludo.
PD Para jesanan. No sé que discusión estéril ves aquí. Lo que expresé en mi anterior mensaje era una felicitación y no un reproche. Pensaba que lo habrías entendido.
PD Para rubijca. Sería conveniente que en los estatutos de vuestra comunidad (los que se aprueban en la Junta Constitutiva de la misma), viniera reflejado que estas conducciones son elementos comunes. El subsuelo ya lo es, pero no está de más. En otra comunidad lo han hecho y me parece muy buena idea.