ACLARACION PUNTO 8º ORDEN DIA (TROMBON)
¿Cómo solucionar el problema de ruidos molestos en la comunidad de vecinos?
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Buenos días a todos, somos Elena y Alejandro, lamentamos volver a sacar el tema del trombón pero es que son ya dos años que venimos soportándolo.... para aclarar el punto 8º del Orden del día de la próxima Junta, adjuntamos el escrito enviado a la Junta de Gobierno para solicitar tratar dicho tema:
Que desde Septiembre de 2007 viene sufriendo toda su familia ruidos muy molestos, producidos por los vecinos del piso de abajo C/ AZOFRA 15 , 1ºA, debido a que casi todos los días se dedican a “practicar” con un instrumento extremadamente ruidoso (un TROMBÓN). Dicha actividad infringe claramente el Reglamento de Régimen Interno de C.P. Jardín de la Dueñas, apartado 3.3.2.c) SILENCIO: "Los propietarios y residentes cuidarán de no producir “ruidos” en sus viviendas causantes de molestias a cualquier vecino y motivadores de queja,.....Y cuantas otras no mencionadas aquí se deduzcan claramente del espíritu de los párrafos anteriores, constituye una OBLIGACION FUNDAMENTAL"; así como el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”
El día 9 de Julio 2008 se personó la Unidad OAC – Policía Municipal, realizando una medición de ruido con sonómetro homologado, resultando ésta positiva, al sobrepasar el máximo permitido de 35 db, y levantando la correspondiente Acta-Denuncia.
El Administrador de la Comunidad les comunicó el día 15 de Julio de forma fehaciente a través de burofax, que la actividad resultaba contraria al Régimen Interno de la Comunidad (apartado. 3.3.2.c), y a la Ley de Propiedad Horizontal (art. 7 y sg.).
Se aprobó en la Junta de Propietarios del día 7 de Octubre que se actuara contra dichos vecinos una vez que se realicen otras dos mediciones positivas. En la Junta estas personas alegaron haber realizado una “presunta” insonorización, bajando el ruido en 20 db, extremo que es materialmente imposible y que en ningún momento han probado, ni aportado documento alguno, aunque el Presidente se lo ha requerido en varias ocasiones.
Tras la Junta dichos ruidos molestos se siguen produciendo de forma continuada y más intensa, por lo que se ha personado la Policía Municipal en la vivienda los días 20 Octubre, 11 Noviembre, 23 Febrero, y 23 Marzo. También se ha personado la Unidad OAC los días 12 Febrero, 10 Marzo, 16 Marzo y 12 Mayo, pero debido a la intención esquiva para evitar la correspondiente medición, varían de forma constante las horas en las que realizan la actividad molesta y en el momento en que se percatan de la presencia policial cesan los ruidos, resultando hasta ahora muy complicado proceder a la medición.
Igualmente nos hemos visto obligados a denunciarlos por escrito ante el Ayuntamiento de Madrid por ruidos molestos y continuados, en diez ocasiones distintas.
Por otra parte, el Presidente de la Comunidad convocó una reunión el 6 de Abril con dichos vecinos para intentar que cesaran en la actividad molesta, dando a entender éstos que no dejarían de tocar hasta que no se les pillaran con un sonómetro.
Esta actitud denota una clara continuidad y reincidencia por parte de estas personas, que no ha cesado en ningún momento desde que empezó hace dos años, repitiéndose día tras día y resultando cada vez mas irritante e insoportable para toda la familia, especialmente para nuestros hijos pequeños.
Como el ruido resulta muy molesto e irritante, y lo sufrimos de forma continuada desde hace ya tanto tiempo, nos está generando tensión familiar, insomnio, ansiedad, estrés,... (circunstancias que se recogen en distinto partes médicos). y afecta al adecuado desarrollo emocional y escolar de nuestros hijos (que se puede acreditar con los correspondientes documentos). Y en el caso de nuestra hija, es especialmente necesaria la protección de un ambiente tranquilo y relajado al tener problemas “diagnosticados” de concentración y aprendizaje, por lo que tiene que asistir a clases especiales con un logopeda y se ve directamente afectado el progreso de sus estudios diarios.
En virtud de todo lo expuesto y debido a la gravedad de los hechos, SE SOLICITA AL PRESIDENTE DE ESTA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, que se proceda legalmente contra el propietario de la vivienda sita en c/ Azofra 15 – 1º A, por desarrollar una actividad muy molesta y de forma continuada, contraria al Reglamento de Régimen Interno de la C.P. (apartado 3.3.2.Silencio: “Los propietarios y residentes cuidarán de no producir “ruidos” en sus viviendas causantes de molestias a cualquier vecino y motivadores de queja...Y cuantas otras no mencionadas aquí se deduzcan claramente del espíritu de los párrafos anteriores, constituye una OBLIGACIÓN FUNDAMENTAL” y apartado 3.4.c) d) g) Cumplimiento de las normas: “La Junta de Gobierno tratará de resolver la situación con la mayor comprensión y buenas maneras hacia la persona afectada y, caso improbable de que la persona responsable desoyese estos ruegos, utilizará los MEDIOS LEGALES A SU ALCANCE, dando cuenta de ello a la Junta de Propietarios”) y se actúe conforme al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas” y “Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él ACCIÓN DE CESACIÓN...”; y artículo 9.1.g) L.P.H.: “Son obligaciones de cada propietario: Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados”.
SE SOLICITA por medio del presente escrito que se incluya en el Orden del Día de la próxima Junta de Propietarios la AUTORIZACIÓN PARA INICIAR MEDIDAS LEGALES CONTRA EL PROPIETARIO DE LA VIVIENDA DEL PORTAL Nº 15 – 1º A, POR LAS CONTINUAS MOLESTIAS Y RUIDOS QUE OCASIONA, ASI COMO OTORGAR PODERES GENERALES PARA PLEITOS A ABOGADOS Y PROCURADORES, para que en el caso de que desoyese estos ruegos, emprender acciones legales y judiciales de forma inmediata.
Muchas gracias por vuestra atención, recibid un cordial saludo.