Tienes razón, no es obligatorio subrogarse al banco o caja que tenga la promotora, y los gastos de cancelación son por parte del vendedor.
El unico inconveniente en este caso, es el papel que nos hicieron firmar (por lo menos a mi) en el que decía que si la subrogación era mayor a 48 mil y pico euros (creo que el 50% de el valor del piso) los gastos de cancelación los pagaba yo, no es legal y me lo reconocieron pero... si lo quieres lo coges y si no lo dejas.
A la hora de firmar hay que tener cuidado con la plusvalía, es un impuesto que tiene que pagar el vendedor y no el comprador. Se de un caso en el que el comprador lo pago por desconocimiento.