Hola, vecinos. Me incorporo a esta Comunidad virtual, espero que pronto a la real, aunque"con la que está cayendo"...
Al grano: leo estos días bastantes opiniones acerca de las cédulas de habitabilidad, la licencia del ayuntamiento que manda la Promotora a los que están a punto de escriturar...Por lo poco que me he podido informar, parece ser que sin ésta es imposible dar de alta los servicios de Gas/Luz/Agua e imprescindible a la hora de escriturar- En cualquier caso, os pego esta info que acabo de capturar"en la red por si irve de ayuda a los dubitativos:
http://www.radiohuesca.com/Hemeroteca/Noticia.aspx?codigo=452232 Viene a decir que se suprime la cédula de habitabilidad en el acceso a viviendas nuevas en Aragón y que la licencia de primera ocupación que otorgan los Ayuntamientos, que son las administraciones más próximas para controlar si las viviendas, antes de su construcción, reúnen condiciones de seguridad, salubridad e higiene.
De esta forma, la licencia de primera ocupación absorbe toda la utilidad de la cédula de habitabilidad y evita la duplicidad de controles administrativos con el objetivo de racionalizar y simplificar los trámites que los ciudadanos tiene que realizar para acceder a una nueva vivienda.
¿Éste documento es el que hay en el área de descargas sobre la P38, P40, etc, verdad?
Saludos