Un matiz, es verdad que sale mas caro en caso que tuvieras el dinero y no necesitas hipoteca a la entrega de llaves, pero para el comun de los mortales (entre los que me encuentro) que tenemos que pedir una hipoteca para poder pagar el piso el tema cambia y puede ser mas incluso mas barato, incluso teniendo que cambiar de entidad si calculas los plazos bien.
Tambien depende de las condiciones que de IBERCAJA ¿os las han contado?
¿las cantidades que demos a partir de ahora están avaladas al 100%?
Ojo, a mi este cambio no me gusta ni un pelo y no tengo claro si seguiré.
Saco unas notas de esta pagina:
http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/acude-a-tu-notario/respuestas-del-notario?p_p_id=NOT043_WAR_notariadoAcudePlugin&p_p_lifecycle=0&p_p_col_id=column-1&p_p_col_count=1&_NOT043_WAR_notariadoAcudePlugin_RESPUESTA_DEL_NOTARIO_ID=6808877&_NOT043_WAR_notariadoAcudePlugin_HTTP_REFERER=%2Fliferay%2Fweb%2Fnotariado%2Facude-a-tu-notario%2Frespuestas-del-notario
La ventaja de subrogarse al préstamo del promotor es que la subrogación está exenta de impuestos.
Si tienes que constituir una hipoteca tienes que pagar al menos el impuesto de actos juridicos documentados
Si quiere cambiar de banco, lo más conveniente es subrogarse en el préstamo del promotor, como deudor y a continuación hacer una escritura de subrogación de acreedor, es decir, cambiar de entidad, con las nuevas y mejores condiciones. De esta forma no hay que pagar el impuesto de AJD. La comisión que hay que pagarle al primer banco por cancelar la hipoteca es la pactada, con los siguientes límites:1º.- Préstamos a interés variable- Máximo 1% del importe pendiente de amortizar, si la hipoteca se formalizó antes de 27 de abril de 2003.- Máximo 0,50%, si la hipoteca se formalizó después de 27 de abril de 2003 y antes de 9 de diciembre de 2007.- Para préstamos o créditos hipotecarios formalizados después de 9 de diciembre de 2007