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FJperez
18/10/2006 17:02

finiquitando tema plusvalias

¿Cómo afecta la plusvalía en la compraventa de inmuebles?

594 lecturas | 1 respuestas
Hola,

Soy nuevo en este foro que no en los “Jardines de Arganda”. He estado leyendo varios de los temas que planteáis y me gustaría aportaros mi opinión.

* Al respecto de la Plusvalía, yo también he recibido el recibo y me ha sentado muy mal pagar, pero mi cabreo es con el Ayuntamiento que ha puesto una cantidad desorbitada por un período de tres años desde la última trasmisión. En las próximas elecciones les va a votar su P. M. (prima de murcia), aunque intuyo que ya se han cubierto las espaldas (y llenado los bolsillos).

* Sobre la cláusula de la escritura por la cual la plusvalía sería a cargo del comprador, creo que es una batalla perdida, he trasmitido la consulta a Legalitas y os adjunto la respuesta

Ref. 605878.-

“Estimado Sr.

Habiendo recibido por email su consulta pasamos a efectuar la siguiente

RESPUESTA:

En la escritura publica de compraventa que se formaliza se puede
establecer de forma expresa quien corre con los gastos de la misma, entre
otros del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos.

Independientemente que por ley el obligado al pago es el vendedor
siempre, las partes de mutuo acuerdo, pueden comprometerse mutuamente a lo
contrario, siendo esta obligación exigible entre las partes, si bien
ante el Ayuntamiento en cuestión el obligado y responsable tributario será
el vendedor.

Por ello es recomendable que en caso que el Impuesto sea a cargo del
comprador, el vendedor se cerciore del cumplimiento de la obligación en
el plazo establecido al efecto que son 30 días desde la fecha de la
compraventa.

De igual manera se puede pactar el pago del Impuesto de Bienes
Inmuebles, teniendo en cuenta que el recibo del mismo lo emitirá el
Ayuntamiento a nombre de quien resulte ser titular del inmueble a fecha 1 de Enero
del año en que se produce la enajenación.

Sometiendo esta respuesta a mejor opinión fundada en derecho quedamos a
su disposición para efectuar cualquier aclaración al respecto.

Departamento Fiscal
LEGALITAS ASISTENCIA LEGAL S.L.”



En cualquier caso, tampoco nos engañemos, la plusvalia se la “come” siempre el comprador o bien mediante la clausula de nuestro caso o bien el promotor la repercute en el precio del piso.

* Sobre las clausulas abusivas, me han confirmado que la oficina de consumo de Arganda exige una copia de un contrato modelo a todas las promotoras antes de iniciar la venta para evitar las clausulas abusivas y no costa que en este caso nadie denunciara nada.

Perdón por el rollo.

Ah y un burofax vale 22 Euros, particularmente yo no me los voy a gastar en una batalla que veo tan perdida.



 
J
jalis
28/10/2006 17:15
la reclamación ante la OMIC no tiene coste, ya no se trata de pagar la plusvalia o no,sino de dejar constancia de lo que han hecho, para que al menos la próxima vez se lo piensen dos veces antes de engañar a la gente.Yo por mi parte pienso poner la reclamación en la OMIC, y cuantos mas seamos mejor.
 

Fin del hilo
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