IMPORTANTE, SOBRE ESCRITURAR, LEY 57/1968
¿Cómo están garantizadas las cantidades aportadas según la ley 57-1968?
685 lecturas | 1 respuestas
Bueno, pues como bien sabeis las cantidades aportadas deben estar garantizadas, esto esta regulado en la ley 57/1968.
Y dice claramente que estan cubiertas si no se optiene la celula de habitabilidad. Lo dice en el articulo 2 aparado a.
Haber si saco tiempo y miro el contrato y llamo al seguro, haber que dice del tema, de todas maneras si puede llamar alguien que este de alta mejor.
tambien dice que deben estar garantizadas mas un 6% anual de interes mediante seguro otorgado y con entidad aseguradora inscrita y registrada en el registro de la subdericion general de seguros.
De verdad leer esta ley que es la que regula las aportaciones y sus devoluciones y demas temas asegurados.
Un saludo