Hola de nuevo Vecinos.
He llamado al BBVA para ver como estaba el tema de nuestras hipotecas y me han comentado, que tengo que ir personalmente para que me puedan facilitar todos los datos.
Si que me ha dicho una cosa, que no me cuadra. Que si no nos subrogamos a su hipoteca, tendríamos que pagar un impuesto jurídico.
He estado revisando la copia de mi contrato y en el apartado numero 3.4 del mismo, dice expresamente que:
En caso de no llevarse a efecto la subrogación, por la causa que fuere, la cantidad consignada deberá hacerse efectiva en metálico, cheque bancario o conformado, en el momento de la escritura publica de compraventa, siendo de cuenta de la parte vendedora la totalidad de los gastos que genere la cancelación de la hipoteca…
Alguien sabe algo al respecto ¿? Habéis hablado con el BBVA ¿?
Yo he quedado en que llamare para concertar una cita, cuando lo haga ya os comentare.
SLDS