JLJL dijo:
otro_vecino_agridulce, Está claro que la carga no la tienes, no tienes dos hipotecas. La hipoteca está cancelada, pero la cancelación no está registrada.
Ese trámite de cancelación registral es donde se han parado por falta de pago (en mi caso, y seguro que en el de muuuchos), y el miedo que tenía era que desapareciera Fadesa y no poder echar mano a la escritura original de cancelación de la hipoteca para poder registrar esa cancelación.
otro_vecino_agridulce, no revises tu escritura, pide una nota simple, a lo mejor te llevas la sorpresa y estás en mi mismo caso.
Hacerlo por nuestra cuenta cuesta dinero, desde luego, yo calculo unos 100-120 € (que luego les reclamaré a Fadesa, aunque sin muchas esperanzas de cobro....), pero meterte en abogados (al menos particularmente) por ese dinero... Te va a costar más el collar que el perro.
Saludos.
JLJL, está claro para ti y para mi, pero hay mucha gente que confunde una cosa con la otra porque es la primera vez que va a un notario, que firma una hipoteca, o que está en un embolao de estos.
Si tienes toda la razón del mundo y además es muy importante que se sepa lo que te ha pasado para poder dar una solución, pero yo estaba respondiendo a juanpp que me pareció que no lo había entendido ya que hablaba de "solicitar la cancelacion de hipoteca" cuando se trata de presentar la cancelación en el registro para quitar la carga. No se si realmente se refería a eso o es que estaba confundido pero he querido aclararlo.
Respecto a lo de mirarlo en la escritura, no es así, como explico en la parte final, lo he mirado en la nota simple que te entrega el banco con la tramitación de la hipoteca, ya que al inscribir la compraventa y la hipoteca en el registro te dan una para verificar que está registrado correctamente, con lo que
te puedes ahorrar esos pocos euros y la molestia de ir al registro si no lo haces por internet. Es ahí donde compruebo y todos lo pueden hacerlo si por entonces estaba ya registrada la cancelación solo con comprobar que no aparece.
Si que hago un comentario sobre que la escritura debe tener una declaración de notario dando fe de que la hipoteca anterior está cancelada, que aunque no tiene la misma fuerza que la nota simple, para muchos puede valer como demostración de que esa carga ya no existe. Desde luego es más recomendable que quede anotada la cancelación en el registro.
Respecto a lo de los abogados, no tiene por que ser tan cara la consulta a un abogado, hay servicios como el de Legálitas que por muy poco te asesoran en cosas como esta, y puede haber quien conozca un abogado que la pueda dar un consejo grátis, antes de gartarse más de 100€ que desde luego tienes pocos viso de poder reclamar a FADESA, ya que esté o no en concurso de acreedores FADESA no te ha obligado a hacer ese tramite, lo has hecho porque lo has querido, además de que la reclamación si que te iba a costar más que los ciento y pico euros.
Total, que el que lo pague se lo va a comer, por lo que yo no estoy de acuerdo en pagarlo sin más, sigo recomendando que el que este en ese caso y pueda asesorarse se asesore bien, y si no tiene prisa en vender el piso o duplex que espere un poco, ya que hay varios factores a tener en cuenta:
- Fadesa no se ha declarado en quiebra. Es un concurso voluntario de acreedores y precisamente se ha hecho este concurso para evitar la quiebra. Esta quiebra, al contrario de lo que dices JLJL, no es muy probable ya que FADESA tiene activos para responder de la deuda, lo que no tiene es liquidez inmediata ya que estos activos están sobrevalorados y actualmente es difícil deshacerse de ellos.
- El concurso de acreedores llevara mucho tiempo, pero acabará y los acreedores, entre ellos el registro de Molina, aceptaran una quita de la deuda a cambio de cobrar algo, y cuando esto acabe FADESA tiene intención y posibilidad de seguir operando. Entonces las solicitudes que tenga el registro pendientes de FADESA las llevará a cabo, si es eso lo que ocurre.
- En el peor de los casos si FADESA quiebra la escritura no desaparece, está en la notaría correspondiente y también puede tener una copia el banco, al que en caso de necesidad podemos recurrir para que nos ayude, no deberían negarse. En la notaría, siendo parte interesada como eres ya que eres el actual propietario de la vivienda, no debería negarse a entregarte un copia de la escritura previo pago claro y con esta podrías cancelarla.
Todo esto último no lo puedo asegurar, me refiero a si es una o si es la otra, pero alguna opción hay seguro, ya que lo que no puede ser es que haya una escritura en la notaría diciendo que tu casa esta libre de esa carga y no se pueda llevar al registro por que el que la canceló ha quebrado.
Desde luego si recomiendo hablar con FADESA y que os aclare que pasa, pero no creo que os den la copia
autorizada que tienen y que demuestra que han cancelado la hipoteca y que ademas vale un dinero para que te la quedes tu, por muy justa que sea la petición. Pero si lo hacen y te quieres gastar el dinero para estar más tranquilo, adelante.