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H
Hudson
28/01/2008 18:34

Cuestiones legales

¿Cuál es la cláusula obligatoria por ley en los contratos de compraventa?

762 lecturas | 7 respuestas

Tras un poco de investigacion gracias a la red 2.0 he podido averiguar:

- La clausula de que podemos dar por rescindido el contrato al finalizar el plazo recibiendo intereses o conceder una prorroga es una CLAUSULA OBLIGATORIA POR LEY.
Esta clausula deben de tenerla TODOS los contratos de compraventa.La prorroga es de 3 meses.

- No existe por lo tanto clausula de penalizacion (Clausula Penal) en nuestro contrato.

Cualquier persona a la que cause un perjuicio economico demostrable este retraso, puede reclamar una indemnizacion por el mismo. Esta en su derecho reconocido por la ley.

 
D
DANIPOLO
19/02/2008 12:54
La verdad es que nuestra situacion era un poco distinta. Nosotros habíamos firmado un papel para que nos montaran la cocina despues de entregar el piso con lo cual aunque la estamos pagando nos dan unos meses en los que nos la guardan en sus almacenes hasta que vendamos nuestro piso y compremos otra cosa. De todas formas nosotros solo vamos a pagar lo que es la cocina en si, ni encimera ni electrodomesticos porque todavía no estaban contratados.

Yo te recomiendo que con el poco tiempo que queda no te demores más y vayas a hablar con ellos a ver si te dan alguna solución. De todas formas a nosotros en Covibarges ningun problema pero en Cinalux, han sido toso problemas.

Suerte, un saludo.
 

Fin del hilo
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