etanol dijo:
Un dato inesperado…...
El Estado deberá pagar a la familia Franco los gastos de conservación y obras en el Pazo de Meirás desde 1975
NATALIA PUGA
@NataliaPugaLop
Pontevedra
Viernes, 12 febrero 2021 - 13:10
La Audiencia Provincial de A Coruña confirma que el edificio y su terreno son propiedad del Estado, pero debe resarcir a los herederos por todo el dinero invertido en él
Residencia de Franco.Sin acuerdo sobre los usos del Pazo de Meirás, que abrirá al público en cuatro o seis semanas "con memoria democrática"
Ejecución de la sentencia. El Estado ya tiene las llaves del Pazo de Meirás: "Es un día de justicia histórica"
El Estado deberá pagar a la familia Franco los gastos que han destinado al mantenimiento y conservación del Pazo de Meirás desde la muerte del dictador en 1975. Así lo ha acordado la Audiencia Provincial de A Coruña en una resolución dictada este viernes según la cual confirma que el edificio y su terreno son propiedad del Estado, pero debe resarcir a los herederos por todo el dinero invertido desde entonces en la que había sido durante la Dictadura residencia de verano del jefe del Estado y luego siguió en manos de la familia.
Esta resolución de la Sección Tercera de la Audiencia coruñesa responde al recurso de apelación presentado por la familia Franco contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña el pasado mes de septiembre, en la que obligaba a los herederos a entregar el inmueble al Estado.
Ahora, los magistrados del tribunal provincial confirman esa sentencia en lo relativo a la propiedad pública del pazo, pero la matizan en otras cuestiones como la relativa a los gastos. Así, revocan parcialmente el fallo de primera instancia y reconocen el derecho de los seis nietos de Franco a ser resarcidos en los gastos necesarios en que incurrieron para la conservación del inmueble, petición de la familia que les negaba el fallo original.
La sentencia de la Audiencia considera acreditado que los herederos realizaron "múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento" y que, tras el incendio que destrozó parcialmente el inmueble en el año 1978 ejecutaron "múltiples reparaciones". En este sentido, ven "obvio" que si el Pazo de Meirás hubiese estado abandonado durante 45 años "su estado actual sería ruinoso".
[La abogada del Estado, Consuelo Castro Rey (d) hace entrega en diciembre a la subsecretaria de Hacienda, María del Pilar Paneque Sosa, de las llaves del Pazo de Meirás>
La abogada del Estado, Consuelo Castro Rey (d) hace entrega en diciembre a la subsecretaria de Hacienda, María del Pilar Paneque Sosa, de las llaves del Pazo de MeirásROSA GONZÁLEZ
EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA
La cantidad que deberá abonar el Estado a la familia por esos gastos durante las últimas cuatro décadas se definirá en la fase de ejecución de la sentencia. La juez de primera instancia, Marta Canales, sostenía en su sentencia que no cabía esa devolución de los gastos porque la propiedad fue incorporada al patrimonio de la familia Franco "de mala fe". Sin embargo, la Audiencia Provincial enmienda su decisión y concluye que no hay pruebas de que los herederos fuesen conscientes de que el título de propiedad de su abuelo fuese inválido.
Así, el tribunal provincial sostiene que para estos herederos, el inicio de su propiedad es una inscripción en el Registro de la Propiedad de Betanzos en 1941 de una escritura de compraventa otorgada ante notario, en la que su abuelo compra a la nuera de Emilia Pardo Bazán el pazo. Finca que en 1976 se adjudica a su abuela, posteriormente pasa a ser propiedad de su madre y, ahora, de ellos.
La sentencia recoge que se trata de una cadena de transmisiones aparentemente impecable, de modo que no ve mala fe y "no se atisba la razón por la que debieran ser conscientes de una supuesta irregularidad en su adquisición".
[Uno de los salones del Pazo.>
Uno de los salones del Pazo.XUNTA
"UN REGALO PERSONAL"
Insiste, además, en que tras la muerte de Franco en 1975, "llevan más de cuatro décadas utilizando el pazo de forma pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños" y que la propia Administración les ha tratado hasta ahora "como tales dueños" han sido tratados hasta ahora por la propia Administración, que hasta ahora no había reivindicado la titularidad del inmueble, que ahora se considera de dominio público tras una demanda interpuesta por la Abogacía del Estado a la que se unieron la Xunta de Galicia, la Diputación coruñesa y los ayuntamientos de Sada y A Coruña.
La sentencia sí confirma que esa adquisición de 1941 que ellos creían válida no lo es. La declaran nula y creen que fue una "simulación absoluta" para dar apariencia de legalidad a una donación donación realizada en 1938 por la Junta Pro Pazo del Caudillo en un pergamino no era un título hábil para reconocer la transmisión. El tribunal declara inexistente, desde el punto de vista jurídico, esa donación.
En todo caso, los magistrados matizan que "aunque se diese por cierta la mala fe posesoria en Francisco Franco, no necesariamente se transmite a sus herederos". En este punto, la Audiencia también enmienda a la juez de primera instancia en tanto que considera que la intención final de la Junta Pro Pazo del Caudillo fue donar las Torres de Meirás a la persona de Francisco Franco, no al Jefe del Estado, ni al Estado", como sostenía la familia, pero negaban el Estado y el resto de administraciones.
La sentencia considera que el Pazo fue "un regalo personal al general que estaba ganando la guerra y cuyos favores pretendían granjearse los promotores", pero advierten que esa intención "nunca llegó a ser efectiva" jurídicamente por la forma en que se donó, ya que nunca se otorgó una escritura pública. "La intención era donar a la persona, pero nunca se llegó a donar a nadie", concluyen.