Por mi parte existe una decepcion importante respecto a las expectativas que tenia al comprar: me gustaba el proyecto (sigo pensando que es bueno, viendo lo que hay por ahi) y Colonial era una garantia, sin embargo...nivel medio pelado, calidades estandar, es decir, rozando lo cutre (los solados y alicatados ceramicos de cocina y baños no son de recibo, no se han molestado ni en cambiar el material) la verdad es que en el gremio de la construccion Ferrovial tiene mala fama, aunque luego la gente se cree que es una gran constructora...y estan teniendo problemas por todos lados por su construccion deficiente...bueno, no quiero remover mas algo que ya esta muy hablado.
Al ser vivienda libre, la promotora vende al precio que quiere, independiente de metros construidos, computables, utiles, con comunes o sin ellas, superficie registral, etc y tu si quieres compras o no ; el precio de la vivienda lo pone el mercado, si ves que vendes muy rapido subes el precio ; normalmente se saca un porcentaje a la venta y se reservan viviendas...aqui se hicieron dos fases comerciales, si bien se hizo toda la obra en una fase (la segunda fase fue mas cara)
Respecto a miradores: esto es un invento del PGOUM del 97,
para evitar que se hagan terrazas o balconadas (entonces no computaban y ahora si) ya que los miradores, con unas ciertas dimensiones, no computan. El articulo 6.6.19.d dice literalmente:se prohibe la instalacion de persianas en los paramentos exteriores del mirador. Sin embargo, el art. 6.7.11 dice: en uso residencial todas las piezas habitables estaran dotadas de sistemas que permitan su oscurecimiento temporal, mediante sistemas fijos,o en su defecto,contaran con las medidas que faciliten la instalacion de dichos sistemas por los usuarios.
Las normas son interpretadas por los tecnicos del ayto, que las aplican a su entender y no existe criterio unico, incluso cuando existe un decreto de interpretacion de Gerencia de urbanismo.
Las terrazas estan computadas a efectos de edificabildad, quiere decirse que podrian cerrarse, pero con la unanimidad de la CP, que no existe, me resistire a que se cierren las terrazas meintras sea propietaria y mis
fuerzas aguanten el asedio (por cierto, lo de las agresiones era una broma..)
Aticos: art 6.6.15.8 dice...la superficie no ocupada por la edificacion se dedicara a azotea, que en ningun caso podra ser objeto de acristalamiento....mas claro, agua. Sin embargo, el ayuntamiento, como consecuencia de una sentencia judicial, ha tenido que admitir que se puedan hacer construcciones con elementos de cerrajeria desmontables...un invernadero de plantas tropicales, por ejemplo.
Otra cosa, las infracciones urbanisticas prescriben a los cuatro años, hay que demostrar que ha pasado el tiempo pero vale una simple factura de un constructor ; el plazo de prescripcion no lo detiene la denuncia de un vecino, si no el inicio del expediente sancionador del ayto...la verdad es que en Madrid es muy raro que se haga demoler un cerramiento ilegal de una terraza de atico, son casos muy graves, p.e. que quiten vistas a la vivienda de un concejal.
Estoy de acuerdo con Yoelio que aqui cada uno va a hacer lo que le de la gana.. y no hay manera de evitarlo, de hecho ya esta pasando. Yo prefiero mantener la postura de negarme a ciertas cosas que requieren unanimidad, por lo menos si se hacen cosas fuera de normativa, que no se hagan con la complicidad de la CP.
saludos