Segun ley fiscal, todas aquellas aportaciones en cuenta vivienda de las cuales se haya obtenido deduccion fiscal deben de ser destinadas a la compra de la vivienda en un plazo no superior a 4 años desde la apertura de dicha cuenta, por lo cual y en tu caso, si despues de pagar las letras te ha sobrado dinero en la cuenta vivienda con el cual has obtenido deduciones fiscales y ya han pasado los cuatro años desde la apertura de la cuenta, entonces deberas realizar una declaracion rectificativa de ejercicios anteriores, si no han pasado los cuatro años entonces estas dentro del margen para destinar el dinero de la cuenta.