Aprobado en el Consejo de Ministros del pasado viérnes 19 de agosto.
Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley y vigencia exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2011, las entregas de inmuebles destinados a vivienda nueva se beneficiarán de la tributación al tipo superreducido del 4 por 100 en lugar del 8 por 100 habitual en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Se trata de una medida de política fiscal que incide sobre una situación concreta y que persigue obtener efectos sensibles durante el período sobre el que desplegará su vigencia, sin vocación de afectar con carácter permanente la estructura de tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido.
No encuentro el RD, luego no se si se ha publicado, así pues cuidadín con pagar nada hasta que no se publique, a partir del cual entrará en vigor.
Me imagino que habra que aplicar el 4% a lo que le quede a cada uno por pagar. La duda que me queda es, si ya has fimado el contrato, como es nuestro caso no te apliquen la reducción o si por el contrario si no has acabado de pagar te apliquen el nuevo tipo a la factura que quede por pagar, así pues la entrada y las cuotas que hemos pagado hasta ahora llevarían un tipo implicito del 8% y lo que resta a pagar antes de escriturar al 4%.
Así todo hasta que no veamos el RD no lanzar las campanas al vuelo.
Yo he estado calculando y me ahorraría unos cinco mil eurazos, ufffff que nervios.
Si esto es así, al que ya haya pagagado, joodeeer, menuda gracia. Si no es así, a los que no hayamos pagado, pues nada igual que antes.
No quiero crear falsas esperanzas, solo que esteís atentos y consulteís con amigos/familiares y entendidos para ver que os dicen y lo comentaís aqui.
Un saludo
Editado por sergimark 23/08/2011 16:49