Si la subvención está concedida en el marco de una AEDE, la ganancia puedes prorratearla por cuartas partes en el ejercicio en el que te la conceden y en los tres siguientes, es decir no lo tienes que declarar todo este año, sino que lo fraccionas en cuatro, así lo más probable es que te salga a devolver. Así que en la casilla de ganancias patrimoniales (casilla 310) mete solo la ayuda directa dividida entre cuatro y se le suma la ayuda al préstamo que has recibido durante el 2011.
Como un ejemplo vale más que mil palabras:
IRPF 2011
Ayuda directa = 7.300 €
Mi préstamo comenzó en octubre y me dan de ayuda unos 70 € al mes, así que en 2011 me han dado unos 210 €.
Casilla 310= (7300/4)+210 € = 2035 €
A mi teniendo cuadrado lo demás, es decir hechas correctamente las retenciones de la nómina y sin tener rollos extraños es decir una nómina me salen a devolver unos 750 € teniendo en cuenta que este año llegamos al máximo de desgravación por vivienda, que será el primer y último año porque con lo que se paga de hipoteca no llegamos los demás años. Este año al poder incluir el resto de pago de la entrada (sin la hipoteca) llegaremos a los 9.015 € de tope, luego nos desgravarán el 15% de esa cantidad (1.352,25).
Así que pagar vas a pagar igual pero lo divides en cuatro, igual te interesa ¿no?, yo prefiero que me devuelvan todos los años.
Un último aviso a todos: la ayuda al préstamo hay que computarla en ganancias patrimoniales, pero también cuenta para el gasto en vivienda.
IRPF 2012, 2013 y 2014
Casilla 310= (7300/4)+(70x12)= 2665 €
Hipoteca 460 €/mes, que en realidad son 530 €/mes porque 70 se los paga el gobierno al banco, luego el gasto real en vivienda será 530x12 meses = 6.360 (15%=954 €), ya que como tributo por esos 70 € mensuales en ganancias patrimoniales, también tengo derecho a desgravar ese dinero como gasto en vivienda.
Estos siguientes tres años también saldrá a devolver pero presumiblemente menos importe que el primer año.
Espero haberte ayudado.
Un saludo