Las CCAA podrán seguir gravando las VPO en contra de lo que planeaba Trujillo
MADRID.- El Plan de Vivienda 2005-2008 deja la puerta abierta a que las comunidades autónomas puedan seguir aplicando el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) -el tributo que cobran por la formalización de actos en documento público- a las viviendas protegidas. Este es otro de los puntos en los que los gobiernos regionales han logrado ganarle la batalla a la titular de Vivienda, María Antonia Trujillo. En principio, la ministra defendía que se eliminase este impuesto para todas las categorías de pisos de promoción pública con el fin de incentivar este parque de viviendas, afirman fuentes del sector.
Según se desprendía del primer borrador del Plan de Vivienda, el Ministerio pretendía equiparar las viviendas protegidas de régimen general (para ingresos de hasta 5,5 veces el IPREM, es decir, 36.173 euros anuales) y de precio concertado (hasta 6,5 veces el IPREM o 42.750 euros) con las de régimen especial (para rentas de hasta 16.500 euros), y que están exentas de este tributo.Sin embargo, la oposición de las CCAA a que la Administración Central interviniera en sus competencias recaudatorias le forzó a flexibilizar su postura.
Así, el equipo de Trujillo ha logrado esquivar este desencuentro con una redacción ambigua y dejando en manos de los gobiernos regionales la denominación de vivienda protegida. Por tanto, serán ellos los que tengan potestad para determinar qué tipología de viviendas de las que contempla el plan pueden beneficiarse de la exención de este impuesto.
La patronal de los promotores, la APCE, había presentado como alegación al borrador del plan el equiparar el término de «vivienda de protección oficial» y el de «viviendas protegidas» para que todas las tipologías de casas pudieran exonerarse de este tributo.No hay que olvidar que los costes fiscales asociados a la promoción, construcción y compra de una vivienda son una importante fuente de ingresos para las arcas de las diferentes administraciones.
Desde que se compra el suelo hasta que la vivienda se pone a la venta, los promotores tienen que tributar en múltiples ocasiones por el IAJD: por el préstamo hipotecario para la compra del terreno, por la escritura de la declaración de obra nueva, por la de división horizontal, por la redistribución del préstamo entre los propietarios de los pisos, etc. Según un informe del Registro de Economistas Asesores Fiscales este impuesto puede devengarse hasta cinco veces durante el proceso.
Puntos de fricción
También se repercute el IAJD al comprador en el momento de escriturar su vivienda en determinadas comunidades. Es verdad que el tipo impositivo suele ser más reducido para este tipo de promociones que para una casa de renta libre. Según estiman los promotores, las diferentes repercusiones del IAJD en el proceso de producción pueden representar hasta el 3,5% del valor del piso.
El gravamen de las viviendas protegidas no ha sido el único punto de fricción entre Trujillo y las CCAA. Para lograr un consenso sobre el Plan y evitar recursos de las regiones ante el Tribunal Constitucional, la ministra ha tenido que ceder en asuntos que consideraba capitales. Así, aparcó su pretensión de prohibir la venta de VPO a precio de mercado, acotando el plazo a los 30 años de antigüedad de la casa.
Tampoco pudo mantener su compromiso de evitar que los propietarios de casas de promoción pública pudieran obtener plusvalías con la venta de su inmueble. Serán las administraciones autonómicas las que, transcurridos los 10 años en los que podrán trasmitirse las casas, marquen el precio de venta. En ningún caso, la cuantía se asemejará a la que podría obtenerse en el mercado libre, pero podrá hasta duplicar el coste de compra si así lo establece la comunidad en cuestión.