Creo que se mete en el anexo A, deducción por inversión en vivienda habitual ; allí (programa padre) aparece un apartado en el que se introduce el importe de la "inversión con derecho a deducción" -un máximo de 9.015,18 euros-, se pueden meter todos los gastos, no sólo lo pagado por el crédito sino también los gastos de gestoría, registro, etc.
Debajo aparecen los datos del crédito hipotecario y si has dedicado el 100% de éste a comprar la casa. No importa que el importe a deducir sea superior al crédito, es lo lógico en el primer año.
También es lógico que en el borrador que te envían no te incluyan esos gastos de notario y registro, entre otros, como deducibles, ya que Hacienda no tiene manera de saber si es para adquisición de vivienda con derecho a deducción..., como tampoco te aparecen las ganancias o pérdidas patrimoniales y otras cosas.
Saludos.