Muchas gracias por incidir sobre el tema con Oncisa otra vez, Merche.
Mas o menos creo que te han comentado lo que a mi ayer...el tema es donde asegurarnos de si un interruptor es un punto de luz o no...a la vista de la tabla de la ITC-25 yo creo que no, porque en el apartado "SALON", por ejemplo, esta CLARAMENTE DIFERENCIADO uno de otro, a pesar de que tenga que haber, eso si, el mismo numero de interruptores que de puntos de luz...
Lo que me parece es que al final van a tirar por el camino facil y van a defenderse con que el reglamento entró en vigor el 18 de Septiembre de 2003, y que la obra estaba ya empezada para entonces (o los permisos concedidos, no se cual será la referencia que usan)...
Pero bueno, a ver que opinan en los organismos que se encarguen de estos temas...
Un saludo a
tod@s.