Lucas esa es la eterna pregunta. En teoría tu has concertado un negocio jurídico con la promotora, esto es una compraventa de un inmueble, y NADA MAS. Nadie te ha de obligar a subrogarte en una hipoteca previamente creada por el promotor, ya que tu no buscas financiación a través del promotor, entre otra serie de circunstancias por que tu habilidad te permitira encontrar un producto financiero mas favorable para tus intereses que el que haya podido buscar el promotor. Ten en cuenta que normalmente las promotoras obtienen los créditos en unas condiciones que el banco no te mantiene a ti cuando adquieras la vivienda. En muchos casos los promotores pagan intereses irrisorios, por cuanto que los bancos saben perfectam,ente que les van a suministrar bastantes clientes con posterioridad, en este caso los compradores que, en la mayor parte de los casos no quieren mas burocracia y papeleo, conformandose con lo ofrecido.
Pero bueno, volviendo a lo anterior, cuando nos decidimos a comprar un piso, lo único que buscamos es celebrar una compraventa, adquirir una vivienda. No buscamos financiación. El hecho de que firmes una clausula de subrogación en teoría no tiene efecto alguno por ser la misma nula. La parte fuerte del contrato, -a la sazón la promotora-, no puede obligarte a adquirir el pack vivienda+financiación. Sería legal si te ofrecieran la posibilidad de adquirir la vivienda sin financiación, circunstancia que nunca se produce. Así lo entienden los tribunales. De esta manera si se lo pides a la promotora en teoría debería correr con los gastos de cancelación. Lo que ocurre es que las promotoras no estan por la labor, tendrías que acudir a los tribunales. Ello son problemas y te lo desaconsejo.
Ante este panorama puedes:
1.- Cancelar la hipoteca concertada por la promotora. Dado que nuestras viviendas son de VPP, anteriormente VPT, el credito sera de los cualificados por la Comunidad de Madrid. Ello significa que el banco no te puede cobrar comisión alguna por cancelar la hipoteca, ni el 0,5% de rigor. De esta manera tu concertaría el credito con la entidad bancaria que quisieras abonando los gastos de cancelación de la hipoteca anterior(puede que la promotora se aviniera a pagar estos) que no son elevados, y por otro lado concertar una nueva hipoteca con sus consiguientes gastos fiscales, tasación, notariales y de registro.