Respecto a la subrogación, en el contrato no viene nada más que un parrafo en el que dice que te subrogas. Si tú luego no quieres hacer efectiva esa subrogación, tienes que constituir una hipoteca nueva, que tiene más gastos que la subrogación. En ningún caso te conviene esta opción. Si cuando llegue el momento, no te convence lo que te ofrece la BBK, subroga la hipoteca de la BBK como pone en el contrato y luego búscate otro banco que si te convenza y subroga de nuevo la hipoteca de la BBK a este banco. Tendrás menos gastos que si cancelas la hipoteca de la BBK y constituyes una nueva. A los de la promotora les da igual lo que hagas, el caso es que a la entrega de llaves haya un banco que esté dispuesto a asumir tu hipoteca.
En cuanto a la provisión de fondos, sí es obligatoria. Cuando 3 ó 4 meses antes de la entrega de llaves te llame la BBK para formalizar la hipoteca, te dirá que cantidad de € hay que tener en esa provisión (no es más que una cuenta corriente en la BBK con un dinero que tienes que meter). De esta provisión de fondos (que es independiente de las cantidades que tu pagas a la promotora a la entrega de llaves) te cobrarán los gastos de notario, registro, gestoría, AJD por la compra y plusvalía. Ellos hechan unos cálculos aproximados, y luego los hinchan unu pelín para que esa cuenta no que de en descubierto cuando se cobren todos estos conceptos. Lo que quede después en la cuenta es tuyo y puedes disponer de ese dinero como quieras (sacarlo, guardarlo, invertirlo, ...)
Espero haberte ayudado. Saludos