Gordifeliz,
Con los datos que me dás no te puedo sacar de dudas...
Lo que si te puedo comentar es lo siguiente:
- Si revisáis en enero, es posible que en la escritura se os indique que lo hacéis en base al Euribor que se publique cada mes de Noviembre. Es decir, Euribor Nov.2007 = 4,607% | Euribor Nov.2008 = 4,350% Diferencia: -0,257%. Esa diferencia, para unos 160.000€, debería rebajaros la cuota si lo tuviérais a 30 años unos 25€ (podéis hacer la simulación más en detalle en la página del Banco de España -- > Cliente Bancario -- > Simuladores -- > Simulador cuota a pagar en un préstamo)
http://www.bde.es/clientebanca/simuladores/simulador_hipotecario.htm ... ¿Qué ha podido pasar? Pues que tuviérais algún tipo de vinculación asociada a las condiciones de la hipoteca que no hayáis cumplido y que os haya penalizado.
- La pregunta que me haces de si es lo mismo para un préstamo que para una hipoteca me descuadra... ¿Significa eso que esos 160.000€ de ampliación los habéis pedido como préstamo personal? (Espero que no hija mía...) La diferencia entre un préstamo y una hipoteca es que la segunda tiene como garantía de cobro para el Banco un bien inmueble que, en caso de impago, se lo queda. En un préstamo personal no existen garantías de cobro a menos que te hayan requerido algún tipo aval para concedértelo, en ese caso, el aval es la garantía de cobro. -- > Por el riesgo que supone el primero frente al segundo el préstamo personal es distinto de la hipoteca en que: 1º El tipo de interés suele ser fijo durante toda la vida del préstamo (vs. las hipotecas en las que la mayoría son de interés variable referenciadas al Euribor 1y) 2º El tipo de interés suele ser más elevado (vs. las hipotecas en las que la prima de interés por riesgo es inferior) 3º No se suelen conceder a largo plazo (vs. las hipotecas que nos las podemos encontrar de hasta 50 años). No obstante, te puedes encontrar de todo en cualquiera de las dos :S ... pero es lo minoritario.
El jueves lo aclaramos tu y yo...
Un saludo!