yo tengo los mismos gastos de notaria, registros y gestión. pero los impuestos no creo que sean ajustados. Los impuestos son un porcentaje de la operación. Mirar que texto he encontrado en
http://impuestosrenta.com/ajd-madrid-2013/
texto:
La compra de pisos nuevos también tributa en el AJD Madrid 2013 en la modalidad de documentos notariales, cuota gradual. De nuevo, la comunidad establece distintos tipos impositivos:
Tipo del 0,2%: se aplicará a las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten la transmisión de viviendas de protección pública regulas en la Ley 6/1997, de 8 de enero, de Protección Pública a la Vivienda de la Comunidad de Madrid, con una superficie útil de 90 m2, que no cumplan los requisitos para gozar de la exención en esta modalidad del impuesto, cuando el adquirente sea persona física. Para las familias numerosas se aplicará el límite máximo incrementado de superficie construida que resulte de lo dispuesto en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas y en sus normas de desarrollo.
Tipo del 0,4%: se aplicará a las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten transmisiones de viviendas cuando el adquirente sea persona física y el valor real de la vivienda transmitida sea igual o inferior a 120.000 €.
Tipo del 0,5%: se aplicará a las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten transmisiones de viviendas cuando el adquirente sea persona física y el valor real de la vivienda transmitida sea igual o inferior a 180.000 € y superior a 120.000 €.
Tipo del 1%: se aplicará a las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten transmisiones de viviendas cuando el adquirente sea persona física y el valor real de la vivienda transmitida sea superior a 180.000 €.
El valor real de la vivienda incluirá los anejos y plazas de garaje que se transmitan conjuntamente con aquélla, aun cuando constituyan fincas registrales independientes.