Ahora mismo está pendiente la división del prestamo hipotecario, lo hicieron por mediados de Julio pero lo denegaron y hace un par de dias han presentado las correcciones en el registro de la propiedad.
En la nota simple sigue apareciendo la carga del prestamo matriz y no la división que le corresponde a cada vivienda, es un riesgo firmar asi y la mayoria de las entidades si son profesionales no admiten firmar en esas condiciones. En este punto estamos varios vecinos.
Es algo ajeno a nosotros que va a provocar que pasemos la fecha que dieron de limite para que no empezaran a incurrir gastos, sólo por esto no debemos asumir ningún gasto de demora. Ademas de lo comentado en el anterior post: los recibos están firmados hasta Octubre, el seguro… y en ningun sitio se habla de fechas limite.
Además, en el último comunicado hacen referencia al Artº 9, letra n, copio integramente parte del texto:
"n)Recibir la vivienda, plaza de garaje y trastero, o local en su caso, que resulte en adjudicación de su cuota de propiedad, en el plazo de máximo de siete dias desde que sea puesto a su disposición por la Gestora, (se entiende por puesta a disposición, la simple comunicación a su domicilio del día y hora que tiene acudir a la Notaria), siendo de su exclusiva cuenta y cargo de cuantas obligaciones economicas le corresponden como propietario de las mismas..."
En el comunicado dicen que tenemos la obligación de recibir la vivienda en los 7 dias siguientes de la obtención de la calificación definitiva… algo que no concuerda en nada con el texto del articulo.
Saludos