Os cuelgo un mensaje que escribí en el foro con fecha 01/05/04:
"En el IRPF 2003 se establece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años(es una deducción autonómica de la Comunidad de Madrid), dicha deducción sería del 20%, con el límite de 700 €, de las cantidades pagadas por arrendamiento, siempre que dichas cantidades superen el 10% de la renta del periodo impositivo, se acredite el depósito de la fianza y el contrato sea posterior a 24-4-1998.
Por lo tanto no nos podemos deducir hasta la formalización del contrato de alquiler entre la cooperativa y cada socio. Ese periodo de arrendamiento protegido comenzará una vez obtenida la licencia municipal de 1ª ocupación, y durante ese tiempo será la cooperativa la que tenga la titularidad de lo edificado, la que celebrará los documentos de arrendamiento correspondientes, percibirá los alquileres, etc."
Aquí ya comente que existía una deducción por alquiler en la Comunidad de Madrid, que no nos podríamos aplicar hasta que se celebraran los contratos de alquiler allá por el 2005. Pero es una deducción insuficiente si la comparamos con la deducción por adquisición de vivienda habitual.
La buena noticia es pues, que van a establecer la deducción por alquiler a nivel estatal y va a ser mayor incluso que la deducción por adquisición, que tienen pensado reducir. Es una medida para promocionar el alquiler en detrimento de la compra, y solucionar algo el problema de la vivienda, que como todos sabemos es muy grave.
Un saludo