A mi tambien me han reclamado y según con quien hables en Hacienda tengo estas dos versiones:
1.- Como dice Josetone, sólo te puedes deducir por el alquiler (si cumples los requisitos). De la adquisición de vivienda nos podremos deducir cuando la adquiramos en propiedad, dentro de 5 años.
2.- Acabo de hablar con la delegación de Hacienda que me corresponde y el funcionario me dice que nos podemos deducir si adjuntamos el contrato de adhesion a la cooperativa como socios y un certificado con las cantidades aportadas. (yo se lo he pedido a Shayver).
Obviamente voy a intentar lo segundo pero realmente tengo bastantes dudas. N sé si alguien tendrá más información